Varapalo del juzgado al conseller de Sanidad: estima que vulneró la ley por dificultar al PSPV el acceso a los pagos a la privada
“Se reconoce el derecho de la demandante a obtener de la Conselleria de Sanidad, la información solicitada separando los ejercicios de 2024 y 2025; esto a salvo de imposibilidad material en algún concreto aspecto por razones técnicas debidamente motivadas. Ello en el plazo máximo de un mes contado desde la notificación de la sentencia”,
La sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) se expresa en estos términos en la sentencia por la cual ha estimado el recurso presentado por la portavoz de Sanidad del grupo socialista de las Corts Valencianes, Yaissel Sánchez, quien impugnó la respuesta que recibió del conseller de Sanidad, Marciano Gómez, al que solicitó información detallada y desglosada sobre los pagos realizados por derivaciones a la privada en los años 2024 y 2025.
En concreto, en febrero pasado pidió que informara sobre las cantidades económicas abonadas a cada uno de los centros sanitarios privados por la derivación de intervenciones quirúrgicas, la realización de pruebas diagnósticas y las lecturas e informes vinculados a pruebas en los ejercicios de 2024 y de 2025.
En una primera respuesta, Sanidad omitió las cuantías económicas y en una segunda remitida tras la interposición de la demanda, se dieron conjuntamente los datos de ambos ejercicios y no desglosados, como había requerido la diputada socialista.
Según el fallo de la sala, al que ha tenido acceso elDiario.es, la respuesta facilitada a Sánchez “es contraria al ordenamiento jurídico y se anula en lo relativo a no haberse facilitado la información solicitada separando los ejercicios de 2024 y 2025”, motivo por el que “se ha vulnerado el derecho fundamental de la actora recogido en el artículo 23.2 de la Constitución Española”.
La sentencia considera que los argumentos dados por la Abogacía de la Generalitat y por el gabinete técnico de la conselleria no justifican una supuesta imposibilidad del desglose de los datos.
Por un lado, la Abogacía consideraba que no se había vulnerado el derecho constitucional de acceso a la información pública de la diputada socialista teniendo en cuenta “el volumen y concreción de la información suministrada, sobre todo teniendo en cuenta la ampliación de la misma por escrito del Conseller de Sanidad de 30-4-2026”.
Por su parte, el gabinete técnico ponía de manifiesto “la dificultad de disgregar para cada centro en el ejercicio 2024 y en el 2025 por separado, ya que, por ejemplo hay facturas pagadas en 2025 que incluyen obligaciones contraídas en 2025 , en 2024 e incluso en años anteriores” añadiendo a ello “el cambio del sistema de contabilidad hasta 2023 sistema PISCIS, que fue sustituido en 2024 por el sistema NEFIS incorporado definitivamente en abril de 2024 , de manera que la incompatibilidad entre ambos provoca que no se puedan extraer datos conjuntos y comparativos de todo el periodo anterior y posterior a 2024”.
Sin embargo, para la Fiscalía y para los magistrados de la sala son meras excusas. Así, la fiscal solicitó que se estimara el recurso de Sánchez al entender que “la información facilitada no fue satisfecha con la inicialmente trasladada y tampoco con la ampliación”. Así, afirma que “la Administración se escuda en una dificultad material para la obtención de los datos en los términos interesados por la demandante, una dificultad que parece minimizarse sólo unos días después de la resolución recurrida, cuando decide entregar una parte de los datos económicos solicitados”.
En línea con lo sostenido por la fiscal, la sale entiende que están “ante dificultades no insalvables, como se extrae, primero del escrito del conseller ampliatorio de la información y después del informe emitido por el Gabinete Técnico” y que la “negación o satisfacción parcial” de la información solicitada exige de “motivación fundada”,
El fallo de la sala añade: “Requerir la satisfacción del derecho fundamental mayor tiempo de dedicación del personal al servicio de la conselleria no convierte dificultad en imposibilidad. Si en algún aspecto o puntos concretos tal disgregación fuera no meramente dificultosa, sino inviable técnicamente, en la respuesta debió haberse motivado fundada y específicamente tal imposibilidad, lo que se hace extensivo en punto a la ejecución de la presente sentencia”.
Sánchez denuncia que el conseller vulneró la Constitución
La portavoz de Sanidad del grupo socialista de las Corts Valencianes, Yaissel Sánchez, ha celebrado la sentencia y ha acusado al conseller de Sanidad, Maricano Gómez, de negar información al grupo socialista “con excusas grotescas, como que solo podía dar datos por bienios, una tomadura de pelo y un insulto a la inteligencia de todos los valencianos y las valencianas para no cumplir con la ley y dar la información requerida”.
Según Sánchez, “los tribunales han puesto coto a las marrullerías del titular de Sanidad para que los valencianos y valencianas no sepamos cómo está hinchando los bolsillos de empresas privadas de la sanidad en las que tiene intereses evidentes por vínculos familiares”, destaca Yaissel Sánchez, para quien “es inadmisible e inconcebible que haya un solo euro de dinero público que el Consell de Pérez Llorca no quiera decir cómo lo ha gastado y en qué bolsillos privados los ha metido”.
La portavoz de Sanidad del grupo socialista recordó que el artículo 12 del Reglamento de las Corts, norma “con rango de ley”, reconoce a los diputados el derecho a “recabar los datos, informes y documentos administrativos, en papel o en soporte informático, de las administraciones públicas de la Generalitat, que obren en poder de éstas y de las instituciones, organismos y entidades públicas empresariales dependientes de la misma”.
Pese a ello, en una primera respuesta a principios de abril, el conseller negó la información sobre el dinero desembolsado por operaciones, pruebas e informes alegando que era “complejo” y solo ofrecía el listado de empresas privadas a las que había derivado radiologías y operaciones del Plan de Choque. Ni una sola cifra, ni total ni parcial, ni atendiendo a las obligaciones contraídas, ni siquiera a los pagos.
Ante esta situación, la diputada registró un recurso contencioso-administrativo de protección jurisdiccional de derechos fundamentales ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana contra el conseller. Días después, sorprendentemente, Marciano Gómez remitió a la parlamentaria una “ampliación de información” en la que ahora sí ofrecía datos aunque “por bienios”, admitiendo que en el periodo 2024-2025 había desembolsado la friolera de 331 millones de euros a un conjunto de centros, clínicas y hospitales privados por operaciones dentro del Plan de Choque y actividad no concertada.
“La falta de transparencia de la Conselleria de Sanidad es tan evidente que al final el Tribunal Superior de Justicia nos ha dado la razón y ha sentenciado las marrullerías del conseller de Sanidad con las derivaciones a las empresas privadas”, ha celebrado la diputada socialista Yaissel Sánchez, quien ha añadido que “ahora va a resultar que el señor Marciano Gómez es el único conseller en la historia de la Generalitat que no sepa que los ejercicios fiscales se separan por años”.
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