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11 claves sobre la nueva Ordenanza de Movilidad de València

Varios ciclistas por uno de los tramos abiertos del anillo ciclista

Carlos Navarro Castelló

Valencia —

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La nueva ordenaza de Movilidad, cuyo borrador ha sido presentado este lunes, pretende regular todo lo relacionado con la movilidad de la ciudad, tanto los medios de transporte tradicionales como las últimas modalidades.

Estas son las 10 claves más importantes que contempla el nuevo texto, el cual saldrá a exposición pública para que entidades o particulares presenten alegaciones una vez se apruebe en el pleno municipal de este mes o del que viene.

1. Áreas de prioridad residencial. Un área de Prioridad Residencial sería el ámbito territorial conformado por el conjunto de vías públicas debidamente delimitadas y con continuidad geográfica, en las que se implante con carácter general, medidas de restricción de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos. El objetivo de estas zonas sería disminuir la intensidad de tráfico en zonas históricas, residenciales o sensibles por cualquier otro motivo.

2. Vehículos de Movilidad Personal. Hasta ahora no existía regulación municipal específica. El borrador propone que los patinetes eléctricos puedan circular por los carriles bici, y las calles señaladas como ciclocalles, zonas residenciales, y con un límite de velocidad máxima a 30 Km/hora. También los de tipo A (potencia hasta 20 kilómetros por hora) podrán circular por zonas peatonales a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora y una distancia mínima de un metro de los peatones. Nunca podrán por las aceras.

3. Todas las calles de un carril, a un máximo de 30 kilómetros por hora. La nueva ordenanza introduce también en València la regulación a 30 kilómetros por hora en vías de un sólo carril por sentido.

4. Las bicicletas, vetadas en las aceras y posibilidad de circular en contrasentido. Salvo en el caso excepcional de los más pequeños (que podrán ir en bici por la acera mientras aprenden o juegan, siempre acompañados de un mayor a pie), no se puede circular en ningún caso por las aceras. Por otro lado se introduce la posibilidad en bicicleta se pueda circular en ambos sentidos en las calles residenciales, zonas 30 y zonas de coexistencia de usuarios. También en las de limitación 30, aunque en este último caso solo si existe señalización expresa autorizándolo. Se contempla esa posibilidad, que los técnicos pueden autorizar con un estudio previo. Por otra parte por primera vez se ha regulado en una ordenanza

local la ciclologística, tan importante en las ciudades actuales y también se introducen mecanismos para poder controlar los grandes grupos de turistas en bicicleta.

5. Prioridad para la EMT. Por lo que respecta al transporte colectivo, la nueva ordenanza subraya la obligatoriedad de liberar el carril EMT-Taxi de todo tipo de obstáculos, como único carril que es del transporte de todos los ciudadanos, pudiendo circular también por él los servicios públicos urgentes o de emergencia, pero no las motocicletas.

6. Distribución urbana de mercancías. La normativa atiende a su histórica petición del sector de recuperar el uso casi exclusivo de las zonas de carga y descarga, lo que supone también mejorar el uso del espacio público (ya que la utilización de las plazas de carga y descarga para usos ajenos a esta función suponía una de las fuentes más importantes de infracciones por parte de los vehículos de logística) y la ampliación del uso máximo de 20 a 30 minutos. No obstante, atendiendo también a la petición de los pequeños comerciantes, estos podrán también hacer uso de las zonas de carga y descarga más próximas a sus locales para sus operaciones logísticas.

7. Estacionamiento de motocicletas en aceras. Se abre la puerta a la regulación progresiva del aparcamiento no regulado de motocicletas sobre las mismas, a medida que el Ayuntamiento continúa ampliando su aparcamiento en calzada. Se realizarán a tal efecto planes zonales, que figurarán como Anexo a la Ordenanza. Entretanto, se seguirá permitiendo en algunas aceras bajo determinadas circunstancias, aunque de un modo más racional que en la anterior ordenanza, y en ningún caso permitiendo que se pueda circular con la moto en marcha sobre

ellas. Esta excepción, no obstante, no es válida para las flotas de motos o motos individuales destinadas al reparto de mercancías o productos, que no podrán aparcar sobre las aceras bajo ningún concepto y cuya regulación y tasas para el uso del espacio público estarán determinadas en las normativas municipales correspondientes.

8. Nueva zona verde de estacionamiento exclusivo para residentes. Se crea una nueva modalidad de aparcamiento regulado en superficie de uso exclusivo para residentes a cambio del pago de una tasa anual.

9. Acceso a los vados. La normativa flexibiliza el acceso en algunas circunstancias, por el tipo de inmueble, lo que ha sido reclamado especialmente en las pedanías de la ciudad y ahora por fin es también atendido.

10. Circulación de camiones.  Se incrementa el tonelaje de los vehículos que pueden

entrar durante el día sin autorización de 9 a 12 toneladas, atendiendo así a la petición del sector logístico y equiparándonos a otras ciudades. Del mismo modo, y definiendo claramente las áreas permitidas y no, la polígonal que marca el perímetro de la ciudad para este uso, se ha dibujado (antes era un enorme listado de calles) y modificado incluyendo a los barrios que quedaban fuera.

11. Caminos rurales. Aparecen por primera vez expresamente en la ordenanza. Se iniciará un trabajo de catalogación de los caminos y su uso.

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