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Bruselas da por anuladas las indemnizaciones a inversores de la UE en España por el hachazo a las renovables

Placas solares.

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

La Unión Europea da por anulados los laudos emitidos por arbitrajes con indemnizaciones a favor de inversores europeos en España por los recortes aplicados a las energías renovables. Los 28 Estados miembros han firmado un compromiso aplaudido por Bruselas, en tanto que la decisión de los Estados miembros de la UE sobre las consecuencias legales de la sentencia Achmea y, en particular, su compromiso de rescindir todos los tratados bilaterales de inversión (TBI) entre ellos, sigue la doctrina de la Comisión Europea.

La Comisión considera ilegales los mecanismos de arbitraje entre Estados e inversores previstos en tratados bilaterales entre países de la Unión Europea o en la Carta de la Energía, lo que lleva a la anulación de los laudos por las renovables a favor de inversores europeos en España, como ha adelantado Cinco Días.

Bruselas ha señalado repetidas veces que los inversores europeos “no pueden recurrir a tribunales de arbitraje establecidos en tales tratados de inversión bilaterales entre países de la UE o, para litigios entre países de la UE, a los tribunales de arbitraje establecidos bajo la Carta de la Energía”.

La posición de Bruselas, ratificada por los Estados miembros este martes, llega tras la sentencia en marzo del Tribunal de Justicia de la UE en el caso Achmea, que confirmó que los acuerdos de arbitraje en los tratados bilaterales entre Estados miembros son incompatibles con las normas comunitarias.

Tras esta sentencia, la Comisión intensificó su diálogo con todos los Estados miembros. Como resultado, se han comprometido a rescindir todos los TBI intracomunitarios. La Comisión también “acoge con satisfacción el hecho de que la mayoría de los Estados miembros se comprometieron a emprender acciones para garantizar que el Tratado sobre la Carta de la Energía no pueda utilizarse como base para el arbitraje entre los inversores y los Estados miembros de la UE”.

Los compromisos asumidos por los Estados miembros proporcionan “claridad jurídica adicional para los inversores y los tribunales arbitrales y tienen como objetivo evitar nuevos laudos arbitrales y procedimientos de arbitraje incompatibles con la legislación de la UE”; afirma Bruselas.

Valdis Dombrovskis, vicepresidente a cargo de la Unión de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Mercados de Capital ha dicho: “Acojo con satisfacción los compromisos asumidos por los Estados miembros para rescindir todos los tratados bilaterales intracomunitarios. Esto garantizará que todos los inversores de la UE reciban un trato igualitario y en general. pleno cumplimiento de la legislación de la UE. De esto se trata el mercado único”.

Actualmente existen unos 200 acuerdos de inversión bilaterales, muchos firmados entre países del centro y este de Europa antes de su entrada en la Unión, y Bruselas cree que los mecanismos de arbitraje que contemplan “minan” su sistema legal de recurso a través de tribunales nacionales o europeos.

Además, la UE insiste en que la sentencia se aplica también al tribunal de arbitraje previsto en la Carta de la Energía para la resolución de litigios entre un país de la UE e inversores de otro Estado miembro y subraya que “el hecho de que la UE sea también parte de la Carta de la Energía no afecta a esta conclusión”.

El Ejecutivo comunitario recuerda que “como consecuencia, los tribunales nacionales están obligados a anular cualquier laudo arbitral emitido sobre esta base y a renunciar a aplicarlo”, así como que los Estados que sean parte en casos pendientes “deben extraer las consecuencias necesarias” de la sentencia.

En la práctica, en el caso de España esto supondría la anulación de los laudos emitidos contra el país por estos tribunales de arbitraje por el recorte de la retribución a las energías renovables.

Así lo anticipó también tras la sentencia el entonces ministro de Energía, Álvaro Nadal, quien dijo que “prácticamente eliminaría el conjunto de arbitrajes” contra España, a la que los inversores extranjeros reclaman en torno a 7.600 millones de euros en distintas instancias internacionales por los supuestos perjuicios del recorte.

Sin embargo, la sentencia europea solo afecta a las reclamaciones de inversores de otros países de la UE y no a las de inversores de terceros Estados, que pueden reclamar ante distintas instancias arbitrales.

El último en hacerlo ha sido el grupo japonés Itochu, que promovió un complejo termosolar en Logrosán (Cáceres), y reclamó el 18 de julio ante el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi).

En cuanto a los arbitrajes con terceros países, el Tribunal de Justicia de la UE estudia a petición de Bélgica la legalidad del Sistema de Tribunales de Inversiones a raíz del acuerdo comercial firmado entre la UE y Canadá (CETA).

La Comisión ha introducido este Sistema en sus últimos pactos comerciales para incorporar “más garantías de independencia” con respecto a los arbitrajes tradicionales.

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