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Cuando la tecnología permite que el trabajo invada tu vida personal

Imagen de archivo de un hombre trabajando con un ordenador.

Laura Olías

Le preguntaron a una trabajadora de una compañía tecnológica en España qué haría cuando quisiera tener hijos. Su respuesta fue “cambiar de empresa”. Varios empleados, de este y otro centro de trabajo de consultoría tecnológica, reconocieron que tenían que controlarse para no responder a los correos de trabajo que les llegaban durante el fin de semana. Sus reacciones están recogidas en el reciente estudio Economía digital: su impacto sobre las condiciones de trabajo y empleo, de los profesores Mari Luz Rodríguez y Daniel Pérez del Prado, que busca conocer cuáles son las condiciones laborales en las empresas tecnológicas. La investigación señala varias tendencias preocupantes, como la ampliación de la jornada laboral y las dificultades para conciliar la vida personal con la laboral.

Los debates y estudios sobre el futuro del trabajo, con el foco puesto en los avances tecnológicos y la llegada de los robots al mercado laboral, son muy numerosos en la actualidad. Mari Luz Rodríguez y Daniel Pérez del Prado, ambos profesores de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, decidieron contribuir con un estudio de lo que ya está sucediendo en este ámbito en España. Con una investigación de campo en dos empresas de consultoría tecnológica de tamaño medio (55 y 300 trabajadores), una afincada en Madrid y otra en Barcelona, los académicos llegan a varias conclusiones sobre las tendencias observadas y aportan propuestas sobre “en qué medida habrán de transformarse algunas instituciones del Derecho del Trabajo” para hacer frente a los retos planteados.

Una de sus observaciones sostiene que los trabajadores digitales sufren una ampliación de la jornada de trabajo por encima de la de los empleados “convencionales”. Esta prolongación “se convierte en una regla del trabajo en el sector”, concluyen. Los investigadores observan una “cierta flexibilidad en cuanto a los horarios y número de horas trabajadas”, que al final atan a los empleados durante más tiempo a sus puestos y sus responsabilidades en la empresa, aunque estén fuera de sus oficinas.

Sus apuntes coinciden con las conclusiones del informe de la OIT Trabajar en cualquier momento y en cualquier lugar:consecuencias en el ámbito laboral, que pone cifras a esos whatsapp o correos del jefe, compañeros y clientes a deshoras: un 64% de los españoles afirman que desarrollan trabajo en las horas libres y un 68% reciben emails o llamadas de trabajo fuera de su horario.

Jornadas habituales de 10 horas diarias

El tiempo de trabajo en las dos empresas investigadas por Rodríguez y Pérez del Prado supera en muchas ocasiones el “estándar o habitual”; es decir, las “jornadas diarias de 8/9 horas y la semanal, mensual y anual correspondiente a este multiplicador”. De hecho, es “más que habitual la jornada por encima de las 10 horas diarias” y la posibilidad en algunos puestos de tener que estar alerta o conectado fuera del horario de trabajo.

Uno de esos ejemplos son los denominados 'turnos de 27x4' en los que los trabajadores “están a disposición de la empresa las 24 horas del día durante una semana. No están presencialmente en la empresa, pero sí deben estar atentos por si hay alguna incidencia”, explica Daniel Pérez del Prado. Uno de los trabajadores, divorciados y con una hija, contó a los investigadores que cuando le tocaba este tipo de turno y tenía a su hija en casa, se veía obligado a cambiar el turno con algún compañero. “Se quejan de que, cuando les toca ese turno, la conciliación con la vida personal es imposible”, explica el docente de la Universidad Carlos III de Madrid.

Y, aunque la “autonomía” en la gestión de su propio tiempo es un valor para los trabajadores encuestados, el resultado de esta organización deja ver aspectos menos positivos. Los entrevistados, por ejemplo, reconocen sufrir “tensión o estrés” por acumulación de trabajo y falta de descanso. Además, el sueldo suele ser la vía de compensación para esta dedicación, pero “los ingenieros ya no cobran lo que hace 10 años”, añade Pérez del Prado.

El derecho a la desconexión digital en España

Carlos Gutiérrez, secretario de Juventud y Nuevas Realidades del Trabajo de Comisiones Obreras, coincide con las conclusiones del estudio y asegura que en el sindicato también han advertido estas lógicas, que conducen al denominado “síndrome del burnout o del trabajador quemado”. “Son muchos los impactos negativos cuando se difuminan las fronteras entre la vida profesional y la laboral y esto conduce a jornadas extensísimas”, explica.

Los responsables del estudio proponen para combatir estas prácticas “idear un mecanismo de regulación del tiempo de trabajo”, que aunque está en el debate para todo tipo de empresas, “aquí es especialmente acuciante, porque estos trabajadores se llevan a casa el ordenador”, argumenta Pérez del Prado. Otra de las sugerencias son “experiencias similares al reconocimiento del derecho a la desconexión” aprobado en Francia. En el país vecino, la reforma laboral contempló específicamente el derecho de los trabajadores a la desconexión digital; así, estipula que las empresas de más de 50 trabajadores tienen que negociar con la plantilla este aspecto para garantizar el tiempo de descanso.

El pasado mes de enero la ministra Fátima Báñez apostó por abordar este tema en “un acuerdo nacional por la conciliación en el marco del diálogo social”. Carlos Gutiérrez asegura que CCOO va a “ahondar en esta cuestión en el proceso abierto con la patronal para el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC)”. En su opinión, considera que la desconexión digital debe contemplarse en los convenios colectivos y, tal vez, más adelante que también quede garantizada en la normativa. Por su parte, UGT sí considera necesaria la regulación. El sindicato ha expresado la necesidad de que que, a través de la negociación entre sindicatos y patronal, se introduzca este derecho en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el Estatuto de los Trabajadores.

Los responsables del informe creen en el caso de España que “no haría falta recogerlo en la ley”, que ya regula el tiempo de trabajo y de descanso, sino a través de los convenios colectivos. Pérez del Prado cita el ejemplo de Axa, la primera empresa que ha incluido la desconexión digital en su convenio de empresa. Eduardo Rojo, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en Universidad Autónoma de Barcelona, también se decanta por los convenios colectivos como espacios para abordar este tema y tal vez que quede recogido en la ley con “un marco general”. “Vivimos una época donde el cambio tecnológico difumina el tiempo de vida y de trabajo”, sin embargo, Rojo considera que “haciendo una aplicación buena y correcta de la normativa española podría garantizarse esa separación”.

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