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La Justicia anula la tasa de basuras que aprobó Almeida en Madrid por no justificar bien su coste

El alcalde Almeida y el concejal de Medio Ambiente, Borja Carabante, en la presentación de un contenedor soterrado de basuras

Diego Casado

Madrid —
23 de marzo de 2026 15:29 h

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Mazazo a la tasa de basuras que aprobó en 2025 el Ayuntamiento de Madrid y que empezó a cobrar hace meses. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la Ordenanza Fiscal 8/2024 del Ayuntamiento de Madrid y ha declarado la nulidad de pleno derecho de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos, más conocida como tasa de basuras.

La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que se produjo “una infracción sustancial de las normas que lo rigen” -explica el TSJM en nota de prensa- al haberse omitido durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que servía de base para la determinación de la tasa. En concreto, no se incorporaron ni publicaron los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, documentos que, a juicio de la Sala, resultan imprescindibles para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo.

El Gobierno de Almeida no justificó de manera adecuada cómo se calculaba el coste del servicio y los criterios para determinar cada cuota. Omitió esta información en el informe técnico-económico durante su periodo de información pública, lo que a juicio del TSJM suposo una falla en las garantías procedimentales y en la obligación de motivar adecuadamente los elementos esenciales de la tasa.

Una vez que el TSJM examinó el contenido del informe publicado, concluyó que aunque incluía determinados resultados y cifras, no permitía conocer el proceso mediante el cual se habían obtenido, especialmente en lo relativo a la atribución de los residuos a las distintas actividades económicas y a la configuración de las denominadas zonas homogéneas. “Esta información, esencial para entender la estructura de la tarifa por generación, se encontraba exclusivamente en los anexos omitidos”.

De acuerdo con la doctrina consolidada del Tribunal Supremo -recuerdan desde el TSJM- este informe no puede limitarse a ofrecer datos numéricos o resultados finales, sino que debe contener una explicación razonada y completa de la metodología empleada, de modo que permita verificar la adecuación de la tasa a los principios de legalidad, proporcionalidad y equivalencia.

En su sentencia, el tribunal rechaza el argumento del Ayuntamiento de Madrid de que los anexos tenían carácter meramente auxiliar o complementario, considerando que contenían el núcleo metodológico del sistema de cálculo de la tasa, incluyendo los estudios estadísticos, los criterios de segmentación y las técnicas empleadas para estimar la generación de residuos. La ausencia de esta información impidió conocer la trazabilidad entre la actividad económica y la carga tributaria, lo que compromete la transparencia del sistema y la posibilidad de control por parte de los ciudadanos.

La resolución pone especial énfasis en la función del trámite de información pública como garantía del derecho de participación ciudadana. Según señala la Sala, este trámite no puede concebirse como un mero formalismo, sino como un instrumento que permite a los interesados examinar el expediente en su integridad y formular alegaciones fundadas. Para que este derecho sea efectivo, la Administración debe poner a disposición del público toda la documentación relevante, sin excepciones ni limitaciones.

La falta de publicación de los anexos -dicen los magistrados-, privó a los ciudadanos de la posibilidad de conocer los fundamentos técnicos de la ordenanza y de cuestionar, en su caso, la corrección de los criterios utilizados. Esta situación generó una indefensión material que, conforme a la jurisprudencia, constituye causa de nulidad de pleno derecho.

Por último, la Sala recuerda que no resulta suficiente que la Administración alegue la posibilidad de acceso a la documentación a través de solicitudes individuales, ya que la exigencia legal es la publicidad íntegra del expediente durante el periodo de información pública. Tampoco considera admisible sustituir la explicación metodológica por la mera exposición de resultados, al entender que ello impide verificar la racionalidad del cálculo de la tasa. La sentencia es susceptible de recurso de casación.

Madrid tuvo que implantar la tasa de basuras obligado por el Gobierno central, después de haberla retirado durante el mandato de Ana Botella. La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados establece que los municipios deben cobrar aparte del IBI el coste del servicio, basándose en el principio de “quien contamina paga”. En el caso del Gobierno de Almeida, tenía que justificar mediante la tasa el cobro de 256 millones de euros.

En el Ayuntamiento de Madrid recuerdan que el fallo judicial del TSJM “no entra en ningún momento en cuestiones de fondo de la tasa”, ni tampoco el diseño o la metodología de cálculo. Y añaden que los servicios jurídicos están analizando la sentencia y sus efectos, así como la posibilidad de presentar recurso.

La oposición califica la tasa de “chapuza administrativa”

La portavoz de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, ha acusado al Gobierno de José Luis Martínez-Almeida de haber hecho una “chapuza administrativa” con la tasa de residuos para “tener media Madrid hecha una porquería”.

Así lo ha trasladado en una publicación en redes sociales después de que la Justicia haya anulado la tasa de basuras municipal por “defectos sustanciales” en su tramitación, donde ha apuntado además que el 'tasazo' era “injusto e ilegal”, motivo por el que Más Madrid lo recurrió. “Era (un tasazo) injusto, porque Almeida quería cobrar 150 euros de media para tener la mitad de Madrid hecho una porquería. Y era ilegal porque tenían tanta prisa por cobrar que hicieron una chapuza administrativa”, ha explicado Maestre.

La portavoz económica del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid, Enma López, también ha tildado de “chapuza” el “nuevo y gravísimo varapalo judicial al Gobierno de Almeida”. Y recuerda que “ya advertimos que no estaba bien, que faltaba información y que no era transparente”.

López se ha preguntado si Almeida recurrirá “agravando aún más el perjuicio a los contribuyentes” y recalca que “este año han aprobado una Ordenanza distinta pero han vuelto a caer en el mismo error, de modo que es más que probable que los Tribunales vuelvan a anularla”.

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