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Los 3.000 euros de multa previstos por Maroto en la regulación de locutorios se impondrán por comer o beber dentro

Natalia González de Uriarte

Vitoria-Gasteiz —

Consumir tabaco, alimentos y bebidas en el interior de los locutorios será considerado como infracción muy grave y penada con la más alta sanción que recoge la ordenanza municipal reguladora de los locutorios, un articulado que el PP tenía previsto presentar ayer en una comisión finalmente suspendida por la indisposición de la concejala delegada de área Idoia Garmendia. Los dueños de estos establecimientos -generalmente inmigrantes- que permitan comer, beber o fumar en su interior deberán afrontar multas que oscilan entre los 1.500 y los 3.000 euros. Es una de las medidas previstas por el popular Javier Maroto en esta norma elaborada con carácter de urgencia y el objetivo de impedir la proliferación de este tipo de establecimientos en toda la ciudad, según anunció el propio alcalde hace semanas.

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La composición estética de las fachadas era otra de las preocupaciones manifestadas desde el Gobierno de Javier Maroto. Por ello han establecido en el artículo 12 una serie de requisitos a cumplir como el uso obligatorio de materiales transparentes que permitan ver el interior del local desde la vía pública. Según la normativa al menos un tercio de la superficie exterior del edificio debe ser de un cristal que deje ver lo que hay detrás y queda prohibido reducir la visibilidad mediante la fijación de publicidad u otros medios. Los que incumplan este artículo serán castigados con sanciones de 700 a 1.500 euros. En las cabinas telefónicas individuales se exigirá también la instalación de una acristalamiento que facilite la visión interior de las mismas aunque se garantiza la intimidad de los usuarios y la preservación del contenido de sus conversaciones con un cierre acústico apropiado que demanda la ley.

Paulatina adaptación

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La ordenanza establece medidas, diseños y otros detalles específicos del interior y hace hincapié en la zona de espera que deberá estar dotada de asientos en número no inferior a la mitad de los puestos de comunicación telefónica. Y añade que “en ningún caso se destinará a lugar de reunión o de actividades de ocio” aunque no declará los criterios que determinarán cuándo se incurre en esos usos prohibidos.

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El anuncio de la elaboración urgente de esta ordenanza levantó airadas críticas entre asociaciones que trabajan por la defensa y protección del colectivo inmigrante y por los propios afectados que consideran muy difícil su cumplimiento.

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