Admitido a trámite el conflicto Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana por el Júcar
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una disposición general en la que informa de que el pasado día 19 de julio, el Pleno del Tribunal Constitucional dictó una providencia por la que admite a trámite el conflicto de competencia 2740-2016 promovido por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha referido a la definición de la cuenca del Júcar.
Este conflicto de competencia era planteado por el Gobierno regional en relación al Anexo XI, artículos 1, 2 y 3 y demás preceptos concordantes que incluyan determinaciones relativas a cuentas intracomunitarias recogidas en el Real Decreto 1/2016, aprobado por el Gobierno de España el pasado 8 de enero. El decreto recoge la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Segura, Júcar, Guadiana y Tajo, además de otras ocho con las que el Ministerio de Medio Ambiente zanjó el segundo ciclo de planificación 2015-2021.
El Anexo XI de dicho documento define en concreto las disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica del Júcar. El pasado mes de marzo el Gobierno castellano-manchego presentaba un requerimiento de incompetencia al Consejo de Ministros a fin de que rectificase el ámbito territorial de esta cuenca.
El Ejecutivo autonómico solicitaba entonces la derogación de los artículos 1 y 2 del Real Decreto 775/2015 aprobado el 28 de agosto de 2015 por el que se definían nuevos ámbitos territoriales en organismos de cuenca que afectan a las demarcaciones hidrográficas. Al no producirse ningún pronunciamiento del Gobierno de España en el plazo legal de dos meses, el Ejecutivo castellano-manchego presentaba un nuevo conflicto de competencia, esta vez ante el plan de cuenca y ante el Tribunal Constitucional.
La “inaudita” fusión de las cuencas
Considera el Ejecutivo castellano-manchego que la doble reforma normativa aprobada por el Gobierno de España supone un grave perjuicio para los intereses de la región, tal y como manifestó en su momento la consejera de Fomento, Elena de la Cruz. Argumentó que la nueva definición legal consolida la inclusión provisional realizada en 2013 de una serie de cuencas situadas en la Comunidad Valenciana como parte del sistema del río Júcar al que antes no pertenecían. La consejera tildaba de “inaudita” esta fusión de dos cuencas antes separadas, por lo que el Ejecutivo regional entiende que se produce una merma de los derechos de agua de la cuenca cedente en un doble sentido.
Además, el contenido del Real Decreto “perjudica” a Castilla-La Mancha en un segundo aspecto. Se trata de la menor representatividad que obtiene la región en los órganos de toma de decisiones de la Confederación Hidrográfica (CHJ). Con el nuevo reparto, la Comunidad Autónoma castellano-manchega pierde dos representantes ante la CHJ, ya que el cálculo se ve alterado al sumar a la población abastecida de estas cuencas agregadas artificialmente al sistema.
Por su parte, el presidente de la Generalitat valenciana, Ximo Puig, ha señalado respecto a este trámite del Tribunal Constitucional que “no es una buena noticia pero no prejuzga nada”. Al respecto, ha recalcado que todo lo que se ha hecho hasta ahora en este trasvase es “legal” y ha subrayado que la Generalitat está personada en “todos los recursos” y va a “defender los intereses de los regantes de Alicante”.