Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Gobierno y PP reducen a un acuerdo mínimo en vivienda la Conferencia de Presidentes
Incertidumbre en los Altos del Golán mientras las tropas israelíes se adentran en Siria
Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

La Generalitat Valenciana debe pagar cuatro millones en indemnizaciones por un PAI aprobado por Rafael Blasco y anulado por el TSJCV

El exconseller Rafael Blasco.

Lucas Marco

1

Los empastres urbanísticos del anterior Gobierno autonómico del Partido Popular siguen siendo un lastre para el actual Consell. El conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, Arcadi España, ha transferido crédito por un importe de cuatro millones de euros de varios programas presupuestarios al de Urbanismo, para hacer frente a las indemnizaciones a las que condenó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) a la administración autonómica a cuenta del Programa de Actuación Integrada (PAI) del sector R-8 Els Plans de Náquera, según publica este jueves el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. La actuación, aprobada por el entonces conseller Rafael Blasco (condenado por corrupción), incluía la construcción de 800 viviendas y un campo de golf.

La constructora Programación Norte SL, la empresa de transportes Arnedo Medina Valencia SA y varios particulares interpusieron un recurso contencioso administrativo frente a la desestimación por silencio administrativo por la Generalitat Valenciana de la reclamación de responsabilidad patrimonial que formularon hace ocho años. La sentencia de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ-CV les dio la razón y condenó a la Generalitat Valenciana a pagar la millonaria indemnización como consecuencia de la anulación del PAI en Náquera.

El PAI del sector R-8 Els Plans de la localidad de la comarca del Camp de Túria fue aprobado por la Comisión Territorial de Urbanismo de València el 12 de marzo del 2006, con la consiguiente reclasificación del suelo, que se convirtió en urbanizable. Una sentencia firme de la misma Sala del TSJ-CV, dictada cuando la líder del PP valenciano, Isabel Bonig, era la consellera del ramo, declaró nula la homologación modificativa y el plan parcial del sector R-8. “La adscripción de un elemento estructural como era el PDR-6 [un campo de golf] a cargo únicamente de ese sector era contraria al principio de justa distribución de beneficios y cargas, al estar dicho elemento estructural de todo el municipio y obtenerse únicamente a cargo de los propietarios del citado sector”, argumentaron los magistrados. 

Las dos empresas y varios particulares propietarios de las parcelas del PAI anulado formularon ante la Generalitat una reclamación de responsabilidad patrimonial en la que solicitaban una indemnización por los daños sufridos a consecuencia de la declaración de nulidad: la destrucción de las explotaciones agrícolas en las parcelas y el pago de las cuotas urbanísticas aprobadas en el proyecto de reparcelación abonadas al agente urbanizador (Urbe Construcciones, actualmente en concurso de acreedores).

Los demandantes alegaban que al tramitar y aprobar una homologación y un plan parcial que han resultado nulos, les ha ocasionado un “daño antijurídico” que no tienen el deber de asumir. La Generalitat, por su parte, arguyó que el nuevo planeamiento del sector permitiría la finalización de las obras de urbanización pendientes.

La sentencia del TSJ-CV da la razón a los recurrentes y sostiene que la declaración de nulidad del PAI “originó una absoluta incompatibilidad de las obras de urbanización del sector con la clasificación del suelo”, que volvió a ser no urbanizable. “Se trata de un daño efectivo y antijurídico (...) que los recurrentes, propietarios de suelo en el sector, no tienen ninguna obligación de soportar”, añade el fallo. Los jueces consideraron que el importe de las cuotas pagadas al agente urbanizador, además de los intereses legales, debía ser reintegrado por vía de responsabilidad patrimonial de la Administración.

Así, la conselleria que dirige Arcadi España se ha visto obligada a transferir crédito de otros programas al de Urbanismo por valor de cuatro millones de euros para hacer frente a la indemnización. Los fondos se han detraído del programa de Ordenación del territorio y paisaje (100.000 euros); de Infraestructuras Públicas (1,9 millones); de Planificación, transportes y logística (un millón), y de Puertos, aeropuertos y costas (un millón).

Etiquetas
stats