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La jueza de la dana rechaza el careo entre la exconsellera Pradas y el subdirector de Emergencias

La exconsellera Salomé Pradas y el funcionario Jorge Suárez (a la derecha), en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —
7 de mayo de 2026 14:34 h

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La jueza de la dana ha rechazado en un auto dictado este jueves la diligencia de careo, propuesta por una de las acusaciones particulares, entre la exconsellera Salomé Pradas, investigada en la causa, y el subdirector general de Emergencias de la Generalitat, Jorge Suárez.

La instructora argumenta que el careo tiene un carácter excepcional, tal como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y ha de acordarse cuando no se puedan utilizar otros medios en la acreditación de los hechos, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

En este caso, la magistrada considera que las cuestiones que a juicio de la acusación particular solicitante debía aclarar el careo (relativas al retraso en el envío del Es-Alert a la población) ya han sido objeto de numerosas diligencias de investigación que se han practicado en el marco de la instrucción y no pueden sustituir a éstas.

“En definitiva, la diligencia de careo pretendida no puede atender a la finalidad interesada y ha de desestimarse”, concluye la jueza Nuria Ruiz Tobarra, al tiempo que recuerda que la exconsellera investigada puede solicitar declarar voluntariamente “cuantas veces quiera en el procedimiento”, si rechaza las aseveraciones que efectuó como testigo el subdirector general de Emergencias.

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