Podemos condenar y condenamos
En la más sabia tradición de nuestros tribunales, donde la justicia es un espejo que refleja lo que queremos ver, nos hemos reunido, el pueblo soberano, para dictar sentencia en el caso de Begoña Gómez. Y vaya si hemos hecho honor a nuestra condición de tribunal popular, ese invento patrio que, como una ruleta, determina el destino de los ciudadanos con una fiabilidad estadística del 92% en favor de la condena . ¿Acaso el pueblo se equivoca? ¡nunca! El pueblo, en su infinita sabiduría, sabe que cuando hay humo, hay fuego, y si el juez, que para eso es el juez, ha dicho que hay humo, pues nosotros, humildes ciudadanos, no vamos a contradecirle.
Procedamos, pues, a la lectura de nuestro veredicto. Los hechos, que no las pruebas, porque de pruebas andamos más bien escasos, nos hablan de presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. Nada sabemos de qué va la cosa pero a la vista de las sentencias contra el Fiscal General y el cuñado de la Sra. Gómez podemos condenar y condenamos. Parece ser, según elucubraciones que han llegado a nuestros oídos entre café y café, que la acusada, en su condición de esposa del presidente del Gobierno, cometió el desacato de tener una asesora. ¡Una asesora! Y no contenta con ello, al parecer, le pidió que realizara tareas que, según la imaginación de algunos, podrían ser privadas. El delito, como pueden ver, es de una gravedad atroz. Atenta contra los cimientos de la República, o contra la Monarquía, o contra algo. Da igual, el caso es que hay que juzgarla.
Tras una exhaustiva deliberación (y dos partidas de mus), el tribunal ha llegado a la conclusión de que no existe ni una sola prueba fehaciente de que la Sra. Gómez cometiera delito alguno. No influyó, no participó en negocios, no se apropió de nada ni malversó nada. La Fiscalía, en un alarde de sensatez que agradecemos, ha pedido incluso su libre absolución . Pero, ¿qué importa eso? ¿Acaso vamos a dejar que la falta de pruebas empañe la buena labor de nuestros jueces de instrucción? De la misma manera que se puede llamar “Begoño” a una persona y difundir bulos sobre narcotráfico sin que sea delito porque no se demuestra el daño al honor, nosotros podemos condenar sin pruebas porque, al fin y al cabo, se trata de una figura pública . El honor de Begoña Gómez, al ser la esposa de Pedro Sánchez, es de dominio público, y como público, es maleable y prescindible.
Por todo ello, el Tribunal Popular, en su papel de garante de la justicia ciudadana y en su afán por no defraudar las expectativas generadas, dicta el siguiente veredicto:
Declaramos a Begoña Gómez culpable de todos los delitos que se le imputan, así como de otros dos que nos hemos inventado durante el café de la mañana. La pena es, como no podía ser de otra forma, ejemplarizante pero simbólica: la inhabilitación para cualquier cargo público que no ostenta y que jamás ha ostentado. Además imponemos la pena de retirada del aire acondicionado de La Moncloa. Es una medida de carácter formal, casi un brindis al sol, que obligará con toda seguridad a la condenada a recurrir a otro tribunal para que, en su infinita miseria, perdón, misericordia, anule nuestra sentencia . Así se garantiza el circo, quiero decir, el proceso judicial. Porque, ¿de qué serviría la justicia si no fuera para dar trabajo a los abogados y entretenimiento a la audiencia?
Somos conscientes de que el juez Peinado, el gran artífice de esta obra maestra del derecho, ha sido corregido por la Audiencia por su falta de fundamentación . Pero nosotros, el pueblo, no necesitamos fundamentos. Nosotros sentimos. Y sentimos que Begoña Gómez, aunque inocente, debe pagar por ser quien es. Que sirva de ejemplo. Que el próximo cónyuge de un presidente se lo piense dos veces antes de contratar a una secretaria. Que la próxima vez que el juez Peinado decida abrir una causa sin pruebas, sepa que tiene a la ciudadanía de su lado, dispuesta a rubricar cualquier disparate con un veredicto de culpabilidad. La Justicia, como el humor satírico, es libre, y si se puede decir “Begoño” sin que sea delito, ¿cómo no vamos a poder nosotros condenar sin pruebas? Es una cuestión de coherencia.
En conclusión: absuelta en la práctica, condenada en la forma. Que así sea, y que los tribunales superiores, esos aguafiestas del derecho, se encarguen de enderezar lo que nosotros, con tanto cariño, hemos torcido. En nombre del pueblo, y de su derecho a opinar sin saber, emitimos este veredicto de condena sin pruebas, la más pura esencia de la justicia popular.
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