La “prioridad nacional” de PP y Vox ya es ley en la Comunitat Valenciana: entran en vigor los presupuestos de Pérez Llorca
La “prioridad nacional”, el eufemismo que emplea la ultraderecha para reducir las ayudas públicas a migrantes, ya es oficial en la Comunitat Valenciana. El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publicó este lunes la ley de Presupuestos y la ley de medidas fiscales, las dos más importantes del ejercicio político, que incluyen una decena de referencias a la expresión que el PP de Juanfran Pérez Llorca pactó con Vox.
La derecha y la ultraderecha sacaron adelante las cuentas públicas el pasado 22 de julio, con el rechazo de la izquierda. En la ley de presupuestos ya se contempla que las ayudas de vivienda “se deben inspirar en el principio de prioridad nacional, adecuado a la legalidad vigente, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantienen un arraigo real, duradero y verificable con el territorio”.
Una semana después, los mismos votos aprobaron en las Corts la ley de medidas fiscales, conocida como ley de acompañamiento, que incorpora numerosos recortes en servicios sociales y medidas consideradas xenófobas. Esta ley matiza aún más el concepto “prioridad nacional” y lo aterriza en vivienda, servicios sociales y ayudas clave como la renta valenciana de inclusión.
PP y Vox pactaron que para recibir la renta valenciana de inclusión se deban justificar al menos “tres años de manera continuada” o diez de los últimos treinta de manera interrumpida de empadronamiento. En el caso de la ley de Servicios Sociales, se exige desarrollar reglamentariamente el concepto de prioridad nacional, que debe contemplar “la exclusión del acceso a prestaciones y servicios sociales de carácter estructural de las personas que se encuentren en situación administrativa irregular, limitando su acceso exclusivamente a los supuestos de urgencia vital que procedan conforme al ordenamiento jurídico”.
El texto también incorpora otra exigencia de Vox: limitar el burka en los espacios públicos. Para sortear la discriminación religiosa, se modifica la ley de movilidad estableciendo “obligaciones de las personas usuarias en relación con su identificación visual”, con la siguiente redacción: “Quienes utilicen el transporte público deberán mantener el rostro sustancialmente descubierto tanto en el interior de los vehículos como en el resto de infraestructuras de transporte, no permitiéndose portar prendas o accesorios que oculten sustancialmente el rostro, al objeto de permitir su correcta identificación visual continua por parte del personal del operador o de los agentes de la autoridad, pudiendo estos impedir el acceso o uso de dichos servicios o infraestructuras”.
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