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Oltra sanciona a la residencia Domus Vi de Alcoi, donde murieron 74 mayores, con 40.000 euros por falta de personal previa a la pandemia

Residencia de mayores de Domus Vi, en el antiguo hospital civil Oliver de Alcoi.

Laura Martínez

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El Gobierno valenciano impone una sanción de 40.000 euros a la residencia de ancianos Domus VI de Alcoi por falta de personal. La sanción responde a un expediente previo a la pandemia, en noviembre de 2019, a raíz de una inspección de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas en la que se detectaron varias infracciones tipificadas como graves en la Ley de Servicios Sociales Inclusivos.

El expediente al que ha tenido acceso elDiario.es amonesta a la residencia tras evaluaciones reiteradas y advertencias previas. La sanción se plantea por “no disponer del personal establecido por la normativa reguladora de cada servicio, tanto en la dedicación como en la calificación profesional exigida y necesaria para el ejercicio de sus funciones”. En concreto, la inspección detecta “falta de horas de dedicación de médico”, ya advertida en junio del mismo año, y “falta de horas de Tasoc” (técnico en actividades socioculturales“, que ”se reitera en las últimas tres visitas realizadas“, fechadas en septiembre de 2018, junio de 2019 y noviembre de 2019. Los incumplimientos fueron comunicados en dos ocasiones antes de plantear la sanción.

La empresa lleva meses en el foco de la Administración Pública y de la fiscalía por las muertes de personas mayores durante la pandemia. En el centro de Alcoi han fallecido 74 residentes con graves acusaciones por parte de las familias, el centro de Lliria está investigado por Fiscalía por un vídeo en el que aparecían ancianos maltratados y el centro de Elda ha detectado un brote con 99 afectados, entre residentes y trabajadores, dos de los cuales han fallecido. El departamento que dirige Mónica Oltra ha planteado la reversión del centro a la gestión pública. La sanción, explica el documento, se impone en un grado medio, teniendo en cuenta las alegaciones de la entidad, el informe del servicio de Inspección y los criterios de graduación del artículo 144.1 de la Ley 3/2019, entre los que destaca la existencia de advertencias previas y la reiteración de infracciones, así como el principio de proporcionalidad de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Domus Vi, gestionado por Quavitae Servicios Asistenciales, S.A.U, presentó varias alegaciones al proceso, en las que consideró que había caducado el expediente “por mediar un plazo excesivo entre la incoación del mismo y las actuaciones inspectoras”. Sobre la sanción en cuestión, la empresa gestora de la residencia alega haber cumplido “estricta y rigurosamente el requerimiento de la Generalitat, por lo que no procede sanción alguna”, y que ha procedido a ampliar las jornadas laborales del personal contratado, “por lo que antes de la incoación del presente procedimiento se había subsanado el número de horas requeridas en las figuras profesionales del médico y del Técnico de Animación Socio-Cultural”. Además, la residencia asegura que “en ningún momento se ha puesto en peligro la salud de los residentes, al suplir la carencia de horas de servicio médico con un importante exceso de servicio de enfermería” y considera excesiva la sanción. La propuesta de sanción no termina el proceso administrativo y la empresa aún puede plantear recurso de alzada.

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