El Tribunal Supremo reconoce el derecho de una diputada del PP a acceder a documentación sobre investigaciones de Antifraude en marcha
El Tribunal Supremo le ha dado la razón a la la portavoz adjunta del PP en las Corts Valencianes, Eva Ortiz, sobre el acceso a la documentación de la Agencia Valenciana Antifraude (AVA) en procedimientos de investigación en marcha. La sección de admisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación del organismo que dirige Joan Llinares contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que ya avaló que Ortiz, en su condición de parlamentaria autonómica, accediera a expedientes de Antifraude en fase de investigación, como aquellos referidos las ayudas del Gobierno de Ximo Puig a las empresas audiovisuales de su hermano.
El TS concluye que las normas que alega Antifraude como infringidas “nos fueron relevantes ni determinantes”. La sentencia del TSJCV priorizaba el artículo 12 del reglamento de las Corts ante “cualquiera de las normas autonómicas alegadas” sobre el derecho o no a obtener documentación en poder de la Agencia de Prevención y Lucha Contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana. La agencia publica en su página web las resoluciones finales de investigación una vez acabada.
Eva Ortiz ha recordado las cinco solicitudes de documentación que registró referidas a documentación de Antifraude: las ayudas al valenciano a las empresas de Francis Puig, dos peticiones por las subvenciones al mundo rural a las mismas mercantiles, otra sobre la gestión de las residencias durante la pandemia y una quinta solicitud sobre el funcionamiento de la Policía Local en un municipio valenciano. “Cuatro han sido denegadas y una de ellas ganada en el Supremo”, señala la dirigente 'popular'.
“En total el PP ha presentado 130 recursos por denegación de documentación que se han agrupado en 70”, remarca Ortiz. El acceso a documentación sobre procedimientos en fase de investigación ha enfrentado al PP con la agencia, que incluso llegó a pedir amparo al presidente de las Corts Valencianes.
El acceso a los procedimientos en marcha supondría, a juicio de Llinares, convertir a Antifraude en “una mera gestora u oficina privada encargada de la realización de gestiones o trámites para la obtención de documentos, indicios u otros elementos de prueba de la comisión de posibles irregularidades, al servicio de los partidos políticos que persiguen con ello unos réditos diferentes a cual es la misión y fin último para el que esta Agencia ha sido creada”.
Llinares advierte del riesgo de entregar expedientes en curso
La Agencia Valenciana Antifraude (AVA) ha señalado en un comunicado que, según el TS, no hay normas estatales infringidas por lo que deriva la decisión a la Sala Especial de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. “Por lo tanto, la sentencia no es firme todavía y habrá que esperar el dictamen de esta instancia judicial”, afirma la AVA.
“Mi principal función es proteger las investigaciones que se realizan en la Agencia Valenciana Antifraude con independencia de la persona o entidades de que se trate. Si hay que entregar los expedientes a los grupos políticos se quebraría el procedimiento en sí mismo, en cuanto que todo el personal de la AVA está sujeto a ese deber de confidencialidad y secreto de sus actuaciones mientras perdura la fase de investigación” ha señalado el director de Antifraude, Joan Llinares.
“Desde la Agencia nunca nos hemos opuesto a la entrega de documentación referente al trabajo que llevamos a cabo, pero otra cuestión muy diferente son los expedientes de hechos que están siendo investigados. La entrega de los mismos a los partidos políticos pondría en riesgo el desarrollo de las propias investigaciones, la identidad de las personas que denuncian los hechos o colaboran en la investigación y se destruiría el derecho constitucional a la defensa y a la presunción de inocencia de los investigados”, añade Llinares.
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