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Las películas y las Filmotecas serán protegidas como bienes culturales

Las películas y las Filmotecas serán protegidas como bienes culturales
Madrid —

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Madrid, 22 jun (EFE).- Las películas, las Filmotecas y todo el patrimonio audiovisual y cinematográfico serán protegidos como bienes culturales, según propone el anteproyecto de ley de reforma de la legislación del Patrimonio Histórico Español, que este martes pasa la primera lectura en el Consejo de Ministros.

También se creará la categoría de Bienes de Interés Mundial, que se aplicará a los monumentos y conjuntos que sean Patrimonio Cultural de la Humanidad por la Unesco, así como la figura de los Planes de Salvaguardia para monumentos, para evitar catástrofes como el incendio que destruyó la catedral de Notre Dame de París.

Otra de las novedades es que se prohíbe a la Iglesia enajenar los bienes de interés cultural salvo que se transmitan al Estado u otras Administraciones Públicas, una prohibición que ya existía para los bienes muebles eclesiásticos.

Y se precisará mejor el régimen de los bienes que han salido ilegalmente de España.

Este texto pone al día una Ley de 1985 para adecuarla a la realidad de los bienes culturales en la actualidad y otra de 2015 sobre salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, de forma que se adaptarán las normas a los tratados internacionales suscritos por España, se introducirán nuevos patrimonios que se habían quedado fuera y se mejorarán las prácticas para combatir el expolio.

Según han explicado a EFE fuentes del Ministerio de Cultura y Deporte, el anteproyecto pasará ahora a los ministerios implicados antes de volver “en unas semanas” al Consejo de Ministros, para iniciar a continuación su tramitación parlamentaria.

Los principales puntos que propone el texto son los siguientes:

-- Proteger el Patrimonio Audiovisual y Cinematográfico y las Filmotecas como archivos que guardan bienes culturales.

-- Reconocer los Patrimonios Industrial, Inmaterial, Subacuático y Cinematográfico y Audiovisual.

-- Regular una nueva categoría de Bienes de Interés Mundial que se aplicará a los monumentos y conjuntos declarados Patrimonio Cultural de la Humanidad por la Unesco.

-- Crear la figura de los Planes de Salvaguardia para los monumentos.

-- Prohibir a la Iglesia enajenar los bienes de interés cultural salvo que se transmitan al Estado u otras Administraciones Públicas.

-- Dar más precisión al régimen de los bienes que han salido ilegalmente de España.

-- Hacer obligatoria la conservación preventiva para que los bienes culturales no se deterioren.

-- Prohibir el uso no autorizado de detectores de metales para evitar la destrucción de yacimientos.

-- Definir y regular qué es un Paisaje Cultural.

-- Regular el entorno de los monumentos.

-- Establecer que los estándares de protección que define la Ley estatal para los Bienes de Interés Culturales son obligatorios para las Comunidades Autónomas.

-- Solventar disfunciones en el traslado de una Bien de Interés Cultural de una Comunidad Autónoma a otra.

-- Hacer obligatorias las reglas sobre el uso de cables y rótulos en los conjuntos históricos.

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