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El Defensor del Pueblo cuestiona la legalidad de los controles policiales que frenan la salida de migrantes desde Canarias a la península

El Defensor del Pueblo Francisco Fernández Marugán. EFE/ Emilio Naranjo/Archivo

Gabriela Sánchez

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El Defensor del Pueblo ha cuestionado este miércoles en un nuevo informe los obstáculos levantados por el Ejecutivo para impedir la salida de migrantes de las islas, donde muchos son acogidos en “condiciones inadecuadas”. Por un lado, “le preocupa la cobertura legal” de los controles policiales desplegados en los aeropuertos canarios con los que el Ministerio del Interior busca impedir su viaje a otros puntos de España con un pasaporte en vigor. Por otro, pide la agilización de los traslados autorizados por el Gobierno.

“Los recursos de acogida humanitaria (...) en modo alguno deberían ser utilizados como campamentos en los que ciudadanos extranjeros esperen sine die a que se pueda ejecutar la decisión de retorno que pende sobre ellos”, ha afirmado el Defensor del Pueblo en un extenso informe monográfico publicado este miércoles donde analiza las “inadecuadas” condiciones en las que son acogidos muchos migrantes llegados a Canarias en patera en el último año.

La institución responde así a las quejas recibidas por parte de decenas de ciudadanos senegaleses y marroquíes que fueron frenados por un control policial en su intento de viajar a la península desde Canarias, documentados con sus pasaportes, pese a que muchos tienen familiares dispuestos a acogerlos en otros puntos de España. Algunos de ellos aseguran haber sido detenidos en un plazo aproximado de 6 horas, con lo que en la práctica impiden su viaje, sin que puedan solicitar una indemnización por la pérdida del billete, al no proporcionarles un volante de detención.

A Francisco Fernández Marugán le “preocupa”, por un lado, “la cobertura legal para las identificaciones de ciudadanos extranjeros documentados dentro de territorio nacional”. Por otro, el Defensor considera que la Secretaría de Estado de Seguridad está incumpliendo la normativa europea, en concreto la Directiva de Retorno, que obliga a los Estados miembros a facilitar un documento a las personas que, por distintas razones, no puede expulsar en el plazo legalmente previsto.

Además, esta legislación, recuerda, establece también que los estados “velarán por que, durante los períodos de aplazamiento de la expulsión, se tengan en cuenta determinados principios y, entre ellos, el mantenimiento de la unidad familiar con los miembros presentes en su territorio”.

“El Defensor del Pueblo ha de insistir una vez más que estas medidas, aun siendo obvio que no solucionan el problema en su conjunto, sí que contribuirían a que los extranjeros sometidos a decisiones de retorno no ejecutables salgan de las situaciones de precariedad y marginalidad en las que con frecuencia se encuentran”, dice el documento, en un momento en el que miles de migrantes duermen en campamentos temporales.

En Canarias “resulta imprescindible que se aborde sin más demora esta cuestión, ya que afecta de lleno a una gestión racional y eficaz de los recursos de acogida humanitaria”, reitera Fernández Marugán, cuyo equipo realizó durante el año 2020 una veintena de visitas a seis islas para analizar las circunstancias en las que son recibidos y acogidos los recién llegados.

Deficiencias en la asistencia jurídica

Según el informe, las principales carencias identificadas fueron “la falta de instalaciones adecuadas y la inexistencia de protocolos de identificación ágiles y eficaces para la derivación de personas vulnerables”. Además, el Defensor ha vuelto a identificar una asistencia letrada deficitaria tras la llegada de migrantes en patera a las islas.

El informe confirma que, en ocasiones, “los letrados ante la imposibilidad de mantener una conversación privada con su cliente, con asistencia de intérprete, se limitan a convalidar con su firma la resolución de devolución”.

“No basta con el cumplimiento de determinadas formalidades para considerar que se garantizan los derechos fundamentales”, advierte el Defensor, que reitera que los abogados “son los responsables de asegurar la prestación de la asistencia jurídica a la que tienen derecho los interesados”, por lo que “tienen la obligación de exigir” unas condiciones mínimas para defender sus derechos.

“La asistencia jurídica que estas personas reciben cuando llegan a las costas es elemental para que el conjunto de garantías que tiene previsto el ordenamiento jurídico funcione de manera correcta”, recalca la institución.

Menores extranjeros no acompañados

La institución llama la atención también sobre la situación de los menores extranjeros no acompañados en Canarias. Según los últimos datos, el Gobierno canario acoge a 2.666 menores, para los que habilitar alojamientos de emergencia ante la falta de recursos de su red de acogida de menores tutelados.

El Defensor pide a las comunidades autónomas más solidaridad para distribuir a estos niños por distintas regiones de España: “No es razonable que los servicios de protección de menores canarios asuman en solitario el reto que esto supone”.

El pasado 26 de noviembre, el Ejecutivo canario hizo un llamamiento al Gobierno central y al resto de comunidades autónomas. Necesitaban ayuda para acoger a los menores migrantes que han llegado solos al Archipiélago ante el incremento de las llegadas de pateras a sus costas. Canarias pedía la distribución por otros puntos del país de 500 de los 2.600 niños y adolescentes que acoge actualmente. Durante meses, aunque ha habido avances en las negociaciones con algunas comunidades, ningún menor ha sido trasladado a otras regiones ante, según aseguraban las distintas autoridades implicadas, las trabas burocráticas para materializarlo, aunque la Consejería de Derechos Sociales ha encontrado una vía para agilizarlos.

Fernández Marugán enumera distintas posibilidades por las que las distintas instituciones implicadas podrían acelerar los traslados de menores. Según apunta, la Ley de Extranjería facilita herramientas para afrontar esta situación. Entre las posibilidades previstas existe un mecanismo por el que la Administración General del Estado y las comunidades autónomas establecen convenios con organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades dedicadas a la protección de menores, con el fin de atribuirles su tutela ordinaria. Según el Defensor, para que “esta medida pueda ponerse en marcha con éxito, se necesita voluntad política y un liderazgo para su coordinación y financiación de la Administración General del Estado”.

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