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Un juez insta al CIE de Madrid a que garantice el derecho de asilo de los extranjeros encerrados

Uno de los dormitorios del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche en Madrid

Desalambre

El Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid ha instado al director del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche a garantizar el derecho de asilo de las personas internas, ante las reiteradas denuncias presentadas por las ONG Karibu y SOS Racismo que reportaban deficiencias e impedimentos en el procedimiento.

El auto, emitido por el juzgado el pasado 3 de octubre, requiere que el centro adopte una serie de medidas para disponer de los medios suficientes que permitan a los migrantes ejercer su derecho, como “el establecimiento de un horario, lugar y personal suficiente para que los internos puedan entregar en mano su solicitud de asilo”.

Además, el juez insiste en que se les entregue en ese mismo momento una copia sellada de la solicitud de asilo, algo que ahora el proceso no garantiza. “Actualmente, la solicitud de asilo se realiza por las personas interesadas mediante un escrito que depositan en un buzón puesto a tal efecto en el pasillo del CIE, de modo que el solicitante pierde el control de la misma en ese momento”, denuncia SOS Racismo.

Aunque el juzgado no discute que pueda existir un buzón para presentar las solicitudes, insta a disponer también de un sistema de sellado de copia con datos sobre entrada de registro. A falta de este último, cuando el interno presenta el impreso actualmente, desconoce cuándo abrirán el buzón, ni si la solicitud se ha recibido correctamente.

De hecho, SOS Racismo asegura haber detectado “en numerosas ocasiones” ejemplos de solicitudes que el CIE nunca han llegado a enviar para su tramitación. Cuando esto ocurre, o en caso de extravío, los internos no pueden probar con ningún escrito que ellos sí presentaron la solicitud de asilo correctamente. “De este modo, muchas personas han sido deportadas a países donde su vida corre peligro sin siquiera haber sido escuchadas, vulnerándose así el principio de no devolución”, denuncia la ONG.

Fue el caso de Christopher, un nigeriano de 20 años que huyó después de que una bomba de Boko Haram matara a su padre, y a quien España expulsó en un vuelo de deportación colectivo, según relata el último informe de la Asociación Karibu. Días antes de que le notificaran que sería deportado, dice que había rellenado la fotocopia en la que depositó todas sus esperanzas de ser protegido en nuestro país. Pero no funcionó. Aquel papel quedaría en el fondo del buzón del director del Centro, junto con otras tantas solicitudes que tampoco se tramitarían nunca.

Falta de información

El auto recalca, ante la “denuncia-queja” presentada en el juzgado, que “obviamente” las personas internadas tienen derecho a solicitar protección internacional y señala que la Declaración de Derechos Humanos ratificada por el Gobierno indica en su artículo 8 que “toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes”.

Las ONG, sin embargo, denuncian que muchas de las personas que sufren el encierro en estos centros desconocen sus derechos, mientras que los procedimientos de información a los internos no se cumplen. “La información que se da a las personas internas se reduce a una fotocopia prácticamente ilegible que no facilita la comprensión del procedimiento”, dice SOS Racismo, que recuerda que “tienen derecho a ser informadas en un idioma que les sea inteligible de su situación y sus derechos, así como a que la información relativa al asilo tenga carácter confidencial”.

“La mera existencia de estas cárceles para extranjeros es contraria a la dignidad humana. Exigimos su cierre como única vía posible para una sociedad justa”, concluye la ONG.

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