El Supremo reconoce la incapacidad total a un trabajador de la construcción que perdió un ojo en un estallido en la obra
En el verano de 2017 un trabajador de la construcción que estaba cambiando una bomba de agua en un centro de estética del Ensanche de Vallecas perdió un ojo. La tapa estalló, impactó contra su cara y además de varias fracturas el afectado quedó tuerto. Mientras los jueces estudiaban por la vía penal si los responsables de su empresa debían ser llevados a juicio por no proporcionarle suficientes medidas de seguridad, el trabajador reclamó que se le reconociera una incapacidad total, y no solo parcial por tener todavía visión en un ojo. El Tribunal Supremo le da la razón, le reconoce una indemnización mayor y explica que el trabajo en la construcción sí requiere de visión en ambos ojos, al contrario de lo que defendía la Seguridad Social.
La sentencia explica el periplo que vivió este trabajador de la construcción después del incidente con la bomba de agua. Sufrió diversas lesiones y perdió un ojo, la Seguridad Social declaró la responsabilidad de la constructora Progelan por falta de medidas de seguridad en el accidente y un juzgado, incluso, investigó los hechos por lo penal contra sus superiores. También tuvo que impugnar su despido dos años después del accidente.
En cuanto a la pensión, la Seguridad Social le reconoció una incapacidad permanente parcial con una indemnización de más de 48.000 euros y el trabajador acudió a la Justicia para solicitar que se le reconociera una incapacidad permanente total. Tanto el juzgado de Madrid como el Tribunal Superior de Justicia de la capital rechazaron sus alegaciones y, con el apoyo de la Fiscalía y de la empresa, mantuvieron lo dicho por la Seguridad Social.
La responsabilidad de la empresa implica que se tenían que hacer cargo de un 50% extra en las prestaciones del trabajador derivadas del incidente y sus consecuencias. El estallido del ojo derecho pero también fracturas de huesos en la nariz, heridas en los párprados y un cuadro ansioso-depresivo, entre otras.
Ahora ha sido el Tribunal Supremo el que ha dado la razón al trabajador y le ha reconocido una incapacidad permanente total aunque conserve la vista en uno de los dos ojos. Reconocen los jueces que, en este tipo de casos, la solución suele ser la inadmisión del recurso, pero que el de este trabajador de la construcción merecía un análisis pormenorizado: no se puede trabajar en una obra, dice el Supremo, sin ver por los dos ojos.
Permitirlo, dice, conlleva un riesgo “evidente” para el trabajador pero “también para terceros”. Además, usar maquinaria, equipos y herramientas cortantes es un “serio peligro” si se hace sin “una adecuada visión binocular”. Trabajar en la construcción, además, según los jueces “exige trabajar en alturas y en edificios en construcción, con el riesgo de caída que eso supone. A lo que incluso puede añadirse la posibilidad de sufrir además alguna clase de lesión en el ojo sano”, dice el Supremo.
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