Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

En qué consistirá la ley que intentará combatir la reventa de entradas y otras prácticas fraudulentas

A partir de ahora las marcas estarán obligadas a informar de forma clara cuando reduzcan el contenido de sus productos preenvasados

Alberto Gómez

0

Cada vez queda menos para que pueda aprobarse y ponerse en marcha una normativa que busca transformar el mercado español. Esta legislación, impulsada por el Ministerio de Consumo, tiene como objetivo principal reforzar la protección de los ciudadanos y el medio ambiente. La norma adapta directivas europeas para fomentar un modelo de consumo más consciente, responsable y transparente para todas las partes comerciales, acelerar la transición productiva hacia modelos accesibles y sostenibles para la población. Se prevé que la ley supere el trámite parlamentario y entre en vigor durante la segunda mitad de este año. 

Se llama Ley de consumo sostenible y supondrá un cambio legislativo que afectará a múltiples sectores, desde la tecnología hasta el ocio, combatiendo prácticas fraudulentas muy habituales en la actualidad. La filosofía central de la norma es que la transición ecológica no debe recaer exclusivamente sobre los hombros del consumidor individual: Al responsabilizar al sistema económico, se busca un equilibrio que beneficie tanto al planeta como a la economía doméstica del ciudadano.

Uno de los puntos más destacados es el ataque frontal contra la especulación en la reventa de entradas para espectáculos culturales o deportivos. La nueva legislación prohibirá expresamente que se incremente el precio original de los pases por encima de la variación del IPC anual. Con esta medida, el Gobierno pretende eliminar el lucro excesivo de plataformas que multiplican el coste inicial de los tickets adquiridos. Se mantiene además la prohibición del uso de bots informáticos para la adquisición masiva de entradas, una práctica ya perseguida actualmente. El objetivo es que los consumidores dejen de ser víctimas de precios abusivos que a veces quintuplican el valor nominal real de la entrada. 

Términos como “verde”, “ecológico” o “biodegradable” ya no podrán utilizarse sin una justificación técnica que sea comprobable

La ley busca que el acceso a la cultura sea más justo, atacando directamente el beneficio económico que obtienen ciertos actores del mercado. Esta regulación de precios pondrá fin a la opacidad que rodea a muchos portales de reventa que operan de forma habitual en internet. Los parámetros para establecer estos precios deberán ser siempre transparentes y fácilmente comprensibles para cualquier usuario que desee realizar una compra.

También se pondrá coto a la reduflación, una práctica donde las empresas disminuyen la cantidad de producto manteniendo el mismo precio final. Consumo considera que esta estrategia es una subida de precios encubierta que induce a error a los compradores que están menos atentos. A partir de ahora, las marcas estarán obligadas a informar de forma clara cuando reduzcan el contenido de sus productos preenvasados. Las empresas dispondrán de un plazo de noventa días desde la primera venta para advertir visiblemente sobre estos cambios físicos del artículo. Esta transparencia informativa es clave para que los consumidores puedan realizar comparaciones reales de coste por cada unidad de medida. Se busca corregir la asimetría informativa que permitía a los fabricantes vender menos cantidad sin que el cliente habitual se percatase. La ética comercial se sitúa en el centro de esta medida para evitar engaños constantes en la cesta de la compra del ciudadano. De este modo, cualquier reducción de peso o volumen deberá ser notificada de manera comprensible en el propio punto de venta.

Otra novedad significativa es la regulación estricta de la denominada publicidad del miedo, muy habitual en el sector de las alarmas de seguridad. Estas estrategias comerciales presentan escenarios de inseguridad extremos o improbables para generar una falsa sensación de urgencia o vulnerabilidad personal. La nueva normativa prohibirá el uso de afirmaciones inexactas que busquen provocar pánico o aprovecharse del sufrimiento de la población española. Las comunicaciones comerciales deberán incluir ahora estadísticas reales y datos cuantitativos demostrables en un lugar que sea perfectamente visible al público. 

En este caso se trata de evitar que se utilice el alarmismo social para manipular las decisiones de compra en beneficio de meros intereses económicos. Los anuncios deberán permitir que las personas realicen una valoración objetiva del riesgo real antes de contratar cualquier tipo de servicio. La ley exige que la información proporcionada sea veraz y no se base en percepciones subjetivas de peligro para el consumidor. Con ello, se pretende que el mercado publicitario sea mucho más honesto y respetuoso con la tranquilidad de todos los ciudadanos.

El anteproyecto también se propone acabar con el denominado 'greenwashing' mediante la prohibición de alegaciones medioambientales que sean muy genéricas. Términos como “verde”, “ecológico”, “biodegradable” o “amigo del medio ambiente” ya no podrán utilizarse sin una justificación técnica que sea comprobable. La ley veta el uso de expresiones vagas que induzcan a error sobre la sostenibilidad real de un determinado bien o servicio. También se prohibirán las afirmaciones basadas únicamente en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero por parte de las empresas. Incluso se abre la posibilidad de anular marcas cuya tipografía o diseño visual lleven a engaño sobre sus cualidades ambientales reales. 

Las empresas deberán demostrar con datos concretos cualquier beneficio ecológico que decidan destacar en sus campañas publicitarias o etiquetas de productos. Esta medida refuerza el derecho a recibir información veraz para que la elección sostenible sea una opción real para el cliente. Se busca proteger a los consumidores más concienciados de estrategias de mercado engañosas que solo lavan la imagen de la corporación.

Obsolescencia programada

El fomento de la economía circular es otro pilar fundamental, garantizando por ley el derecho a reparar los productos de forma efectiva. Si un consumidor elige reparar un bien en garantía en lugar de sustituirlo, dicho plazo legal se ampliará automáticamente doce meses más. Los fabricantes no podrán negarse a realizar arreglos si el aparato fue manipulado previamente por servicios técnicos que no sean oficiales. Además, los servicios técnicos y las piezas de repuesto deberán estar disponibles durante un periodo mínimo de diez años tras la fabricación. El objetivo es combatir la obsolescencia programada y reducir la generación masiva de residuos electrónicos innecesarios en todo el país. La ley prohibirá ocultar información que limite la durabilidad de los productos o dificulte el uso de accesorios de marcas blancas.

La publicidad de combustibles fósiles y otros productos altamente contaminantes también sufrirá restricciones muy severas bajo el nuevo marco legal de consumo. Se prohibirá cualquier comunicación comercial de derivados del petróleo o carbón que no incluyan componentes renovables en su mezcla de origen. Quedará vetada igualmente la promoción de vuelos de corto radio dentro de la península cuando exista una alternativa ferroviaria que sea eficiente. Esta alternativa debe realizar el trayecto en un tiempo que no supere las dos horas y media de duración adicional al vuelo. También se pondrá coto a los anuncios de vehículos que funcionen exclusivamente mediante la combustión de derivados fósiles muy contaminantes. La ley pretende equiparar la gasolina al tabaco en términos de publicidad para desincentivar su uso habitual entre la población española. 

Etiquetas
stats