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Euskadi amplía hasta el 31 de julio el plan para la compra de vehículos eléctricos: así se solicitan ayudas de hasta 7.000 euros

Un Renault 4, el pasado mes en Vitoria

Rubén Pereda

Vitoria —

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Euskadi, a través del Ente Vasco de la Energía (EVE), ha ampliado por sexta vez el plan MOVES III, concebido para fomentar la adquisición de vehículos más sostenibles y también la adquisición de puntos de recarga de coches eléctricos de acceso tanto público como privado. La cantidad que un particular puede recibir como máximo si también achatarra su antiguo vehículo es de 7.000 euros, y el montante total de las subvenciones concedidas desde 2021 y hasta la fecha asciende a los 36 millones.

Siguen a continuación algunas preguntas, con las correspondientes respuestas, relativas a la solicitud de estas ayudas.

¿En qué consisten las ayudas?

Las ayudas están destinadas a darle un impulso al cambio en el parque de automóviles de Euskadi, por lo que fomenta la adquisición de vehículos más sostenibles, pero también la instalación de puntos de recarga de acceso tanto público como privado.

¿Quiénes pueden acceder a las ayudas?

Para ser perceptor de las ayudas, es necesario tener la residencia fiscal fijada en Euskadi. Pueden acceder a ella los siguientes:

  • Personas físicas mayores de edad.
  • Comunidades de propietarios.
  • Personas jurídicas cuyo número de identificación fiscal comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R, o W.
  • Personas jurídicas que no tengan su domicilio fiscal en Euskadi pero sí desarrollen su actividad, cuenten con una sede y mantengan parte de su plantilla en Euskadi desde hace al menos dos años.
  • Entidades locales.

¿Cómo se solicita?

La tramitación electrónica, siempre que se cuente con un medio de identificación electrónica, se puede efectuar en este enlace.

Es necesario acompañar la solicitud de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI en caso de ciudadanos españoles, del NIE en caso de extranjeros y de la tarjeta de identificación fiscal con el NIF en el de personas jurídicas, así como de su representante.
  • En el caso de personas jurídicas y otras entidades, también documentación acreditativa de las facultades de representación de quien formule la solicitud.
  • En el caso de entidades del sector público, declaración responsable en la que se aclare si se adscribe a la Administración General del Estado, a una comunidad autónoma o a un ayuntamiento.
  • En el caso de autónomos, también el certificado del alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o el certificado de situación censal, además la declaración responsable en lo tocante al reglamento de minimis.
  • Pruebas documentales de estar cumpliendo con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Declaración responsable que justifique estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Declaración de otras ayudas solicitadas o ya percibidas.

¿Hasta qué día se puede solicitar la ayuda?

Con esta nueva ampliación, la fecha límite es el 31 de julio de 2024. A partir de esa fecha, no se admitirán nuevas solicitudes.

¿Cuánto se puede percibir?

Las cuantías de las ayudas varían dependiendo del solicitante y de las circunstancias. Así, un particular o autónomo puede recibir hasta 4.500 euros por la compa de un vehículo eléctrico, pero, si procede a achatarrar su antiguo vehículo, la suma asciende hasta los 7.000 euros.

Hay derecho a un incremento de las ayudas en varios casos, entre los que se cuenten el tener discapacidad por movilidad reducida y requerir de una adaptación del vehículo, el estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes y el ser taxista o conductor de un servicio similar.

¿Cuánto hay que esperar para la resolución?

El tiempo que media entre la solicitud ante el Ente Vasco de la Energía y la resolución es de alrededor de un mes, aunque depende de las circunstancias.

En caso de ser favorable la resolución, antes de que pasen doce meses de la notificación los destinatarios últimos deberán justificar la realización, facturación y pago de la actuación.

¿Qué vehículos pueden recibir ayudas?

Los vehículos susceptibles de recibir ayuda son, según explica el propio EVE, los enmarcados en las categorías de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible. Entre ellos, los turismos (M1), furgonetas ligeras (N1), cuadriciclos ligeros (L6e) y los pesados (L7e), así como motocicletas eléctricas con potencia igual o superior a 3 kW. También se subvencionan vehículos eléctricos de demostración con hasta nueve meses de antigüedad.

¿Cuánto dinero se ha dado hasta ahora?

Las ayudas se vienen concediendo desde septiembre de 2021 y ha habido ya seis ampliaciones del plan. Según los datos facilitados por el EVE, hasta la fecha se han compulsado más de 10.000 solicitudes y, tras revisarlas, se han concedido subvenciones por un total de 36 millones de euros.

Más información

Puedes leer más información sobre el plan en este documento, aunque has de tener en cuenta que varios puntos se han modificado con la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco del 26 de diciembre de 2023 una nueva resolución, que puedes consultar aquí.

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