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El Superior ratifica la condena a cinco años y medio de prisión el expresidente de DYA Bizkaia, Fernando Izagirre

Fernando Izagirre durante el juicio.

elDiario.es Euskadi

Bilbao —

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena impuesta el pasado diciembre por la Audiencia de Bizkaia al presidente de la DYA Bizkaia entre 2016 y 2021, Fernando Izagirre, excargo del PNV, de cinco años y medio de prisión, y al que fuera su socio en sociedades controladas por ambos, Juan Diego Gallardo, de cuatro años y medio de cárcel, tras desestimar los recursos de apelación interpuestos. Además, fueron condenados a indemnizar a la DYA de Bizkaia con la cantidad de 2,9 millones.

La resolución del TSJPV, que puede ser impugnada mediante recurso de casación ante el mismo tribunal, acepta los hechos declarados como probados por la Sección Sexta de la Audiencia de Bizkaia en su sentencia, que ve “razonada de forma profusa y pormenorizada”.

En ella, la Audiencia vizcaína consideraba que el presidente de la DYA Bizkaia entre 2016 y 2021 y con anterioridad coordinador, junto al que fuera su socio, “puestos de común acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito, desde el 4 de abril de 2011 hasta el 30 de noviembre de 2016, transfirieron u ordenaron transferir desde las cuentas corrientes titularidad de DYA Bizkaia a Emergencias Plus y de esta a las de Ambulancias Barcelona S.A., diversas cantidades por un importe total de 2.906.570,78 euros”.

Por ello, condenó a cinco años y medio de prisión y al pago de una multa de 10.800 euros al expresidente de DYA Bizkaia por un delito de apropiación indebida y otro societario de falsedad contable por el desvío de fondos de esta asociación sin ánimo de lucro. Además, impuso una condena de 4 años y medio de prisión y al abono de una multa de 8.100 euros al otro acusado como autor de un delito de apropiación indebida.

También acordó que ambos indemnicen de forma conjunta y solidaria a DYA Bizkaia en los 2.906.570,78 euros desviados, aunque fija que, en base a los hechos declarados probados en la sentencia, el que fuera socio del expresidente de la DYA Bizkaia responda hasta la cantidad de 2.240.007,57 euros.

El TSJPV ha decidido desestimar los recursos de apelación presentados por ambos acusados, que alegaban quebrabrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de prueba y prescripción, y también el recurso de la acusación particular de Emerplus para solicitar agravamiento de condena. De este modo, confirma la sentencia de la Audiencia de Bizkaia en su integridad.

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