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ANÁLISIS

La Audiencia Provincial emula al juez Peinado para mantener viva la causa abierta contra Begoña Gómez

Imagen de archivo de Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno. EFE/ Javier Lizon

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La instrucción judicial más irregular de los últimos tiempos mantiene imputada por hasta cinco delitos a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y sigue viva gracias a algunas controvertidas decisiones de tres magistrados. Se trata de María del Rosario Esteban, José Sierra Fernández y Enrique Jesús Berges, integrantes de la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid y encargados de resolver los recursos presentados contra la instrucción del juez Juan Carlos Peinado en la causa abierta contra Begoña Gómez. Desde hace año y medio, cuando se inició esta causa, los tres magistrados sostienen a duras penas un proceso judicial plagado de irregularidades. Pese a su esfuerzo argumental, los tres magistrados no han tenido más remedio que anular hasta tres imputaciones: el actual delegado de Gobierno en Madrid, Francisco Martín; un directivo del IE, Juan Jose Güemes; y el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache. El juez Peinado intentó también que se encausará por malversación al ministro de Justicia, Félix Bolaños, pero el Supremo lo impidió al no encontrar ni el más mínimo indicio de delito en la actuación del dirigente socialista.

Los tres magistrados de la Audiencia Provincial iniciaron su trabajo de revisión de las decisiones del juez Peinado apenas dos meses después de comenzar la investigación. Analizaron la causa y encontraron que la “deslavazada” querella del grupo ultraderechista Manos Limpias que admitió a trámite el juez Peinado estaba basada en “hechos erróneos”, “conjeturas” y recortes de prensa con algunas noticias falsas. Pero dejaron a Peinado que siguiera con la causa porque al menos había un indicio para investigar: la mujer del presidente del Gobierno había firmado como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense una carta de apoyo a una empresa que había logrado contratos millonarios de la administración central.

Cuando los tres magistrados firmaron su primer auto sobre la causa autorizando al magistrado a seguir con la investigación ya existía un informe de la UCO que anulaba, tras un exhaustivo análisis, el valor como indicio de la carta de apoyo. La UCO descartó irregularidades en el concurso ganado por una empresa que incluía en su oferta 32 cartas de apoyo, una de ellas firmada por Begoña Gómez. El análisis de la UCO no le importó a Peinado ni a los tres magistrados de la Audiencia Provincial, la causa siguió y fue acumulando nuevos delitos sin que aparecieran nuevos indicios.

Los tres magistrados fueron validando el trabajo de Peinado pese a que, a la vez, iban anulando imputaciones y limitando el campo de la investigación: el instructor no podía investigar el rescate de Air Europa, pese a que lo sigue intentando todavía hoy, ni podía usar el material requisado al empresario Juan Carlos Barrabés en un registro que, según la Audiencia Provincial, vulneró los derechos del imputado.

Es difícil encontrar una instrucción con tantos accidentes del juez que dirige la investigación.

El último empeño del juez Peinado es demostrar que Begoña Gómez usó a su asistente, María Cristina Álvarez, para trabajos privados, lo que implicaría una malversación de fondos públicos por parte de ambas mujeres. La Audiencia Provincial ya dijo en uno de sus autos anteriores que la asistente nunca podría cometer ese delito, pero ahora respalda que se la tome declaración en calidad de investigada por eso mismo. Una nueva pirueta jurídica en un proceso plagado de triples saltos mortales.

Los trabajos privados que Peinado considera delictivos consisten básicamente en decenas de correos electrónicos que la asistente mandaba desde su cuenta personal a directivos de la Complutense en nombre de Begoña Gómez. Eran correos relacionados con la búsqueda de patrocinios privados para la cátedra que codirigía la mujer del presidente a cambio de cero euros, porque no podía cobrar por esa función al no ser personal universitario.

Nadie ha calculado aún cuánto dinero suponen unas horas de trabajo para enviar esos correos electrónicos sobre siete años de sueldo público de la asistente. La Audiencia Provincial de Madrid ha escrito lo siguiente: “Probablemente la actividad de María Cristina Álvarez podría desarrollarse durante las veinticuatro horas, los siete días de la semana, lo que desde luego parece excesivo, más propio de una amiga interesada en los asuntos lucrativos de la ahora recurrente, que en la fría labor de la encargada de la agenda y demás asuntos protocolarios”. Por lo investigado no parece que Cristina Álvarez haya desatendido la agenda y asuntos protocolarios de Begoña Gómez. No hay ni una sola prueba de esa circunstancia.

Por otra parte, los asuntos lucrativos de Begoña Gómez consistían en lograr dinero de empresas privadas para financiar actividades de la universidad pública dentro del proyecto de investigación de una cátedra que codirigía sin sueldo alguno. Cuando la Complutense decidió anular la cátedra, en la caja de esta universidad pública quedó un saldo positivo de 25.000 euros. Un negocio privado de Gómez que sólo rindió beneficios a un centro público de educación.

Los tres magistrados de la Audiencia Provincial emulan las irregulares prácticas del juez Peinado que ellos mismos han anulado en otras resoluciones. Ahora sostienen la causa con afirmaciones carentes del mínimo rigor, como hace Peinado. Si el juez instructor llegó a imputar al directivo del IE, Juan José Güemes, por la declaración de una testigo que nunca se produjo en esos términos. La sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid incurre en un defecto semejante para apuntalar la malversación en esta causa: “Resulta dudoso, y puede ser el primer indicio que sustente el delito de malversación, que el nombramiento de la asistente de la esposa del Presidente de Gobierno haya recaído en una amiga íntima de Begoña Gómez, pues sería la primera vez, en este tipo de nombramientos, que no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo”. No es la primera vez sino la última, porque esto ha ocurrido siempre. Los asistentes de las parejas de los presidentes del Gobierno no han sido funcionarios expertos en protocolo ni se han elegido teniendo en cuenta esa circunstancia.

El asistente de la esposa de Mariano Rajoy fue un licenciado en historia del Arte, Jaime de los Santos, hoy diputado nacional del PP.

La asistente de Ana Botella, mujer de José María Aznar, fue Cristina Alonso Mateo, que antes había sido la secretaria del expresidente del Gobierno. Los magistrados no acaban de explicar cómo el nombramiento de una inexperta en protocolo puede ser un indicio de malversación de fondos públicos. ¿Si la asistente de Begoña Gómez no hubiera enviado esos correos electrónicos, de qué manera podría ser un indicio de malversación el hecho de ser amiga de quien la contrató y de ser inexperta en protocolo?

Pero los magistrados, en el auto escrito por Enrique Jesús Berges, siguen escalando la montaña de lo irracional cuando llegan a censurar que el puesto, de libre designación según la Ley, “se hace recaer en una persona de su máxima confianza”. Y añaden sin una sola prueba que respalde su opinión: Begoña Gómez “no” contrató a su asistente “para que dirigiese sus pasos por un complicado mundo de formalidades, de ceremonias y actos oficiales, sino para asegurarse el fiel cumplimiento del fin supuestamente propuesto, atendiendo a sus intereses particulares, con el consiguiente perjuicio para el patrimonio público”. Sin embargo, el patrimonio público de la Universidad Complutense resultó mejorado por las gestiones de Begoña Gómez para lograr patrocinio para la cátedra. Y en ese afán, su asistente en Moncloa le ayudó enviando algunas decenas de correos electrónicos.

La causa penal contra la mujer del presidente del Gobierno sigue viva y embarrada por decisiones judiciales extravagantes sostenidas sobre argumentos peregrinos cuando no directamente falsos.

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