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El CNI renuncia a defenderse en la Audiencia Nacional de la demanda presentada por un aspirante a analista

El director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Félix Sanz Roldán.

Marcos Pinheiro

El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ha renunciado a defenderse en la Audiencia Nacional de la demanda que presentó un aspirante a analista de inteligencia que superó las pruebas pero nunca se incorporó a su puesto. La jueza encargada del caso ha comunicado a ese aspirante que el centro ha optado por no presentar ninguna documentación adicional. No ha contestado a la demanda, por lo que el proceso continuará sin que puedan presentar ninguna prueba.

El caso comenzó el pasado el pasado mes de abril, cuando Eduardo B. decidió iniciar un proceso judicial por la vía contencioso administrativa de la Audiencia Nacional para reclamar al CNI una indemnización de 120.000 euros. Cifró en esa cantidad el perjuicio de haber estado cinco años esperando a incorporarse al puesto de analista de inteligencia. Había superado las pruebas y el CNI le prometió que entraría a trabajar, hasta que un día le comunicó que su plaza había caducado.

Eduardo B. se presentó al proceso de selección que el CNI abrió en 2011 para un puesto de de Técnico Superior de Inteligencia Generalista, Grupo A. Superó una serie de pruebas que se alargaron durante medio año. Al terminar, le comunicaron que había aprobado y le emplazaron a “su inmediato ingreso cuando la dotación presupuestaria diera lugar a nuevas plazas”.

Este aspirante mantuvo contacto en todo momento con altos cargos del CNI, que repetían la promesa de que entraría a trabajar en cuanto el presupuesto lo permitiese. Conoció las instalaciones y hasta su futuro despacho. La denuncia recoge algunas de esas comunicaciones a través de email de Eduardo B. con responsables del centro.

En 2015, cuatro años después de aprobar las pruebas, el CNI le comunicó que su plaza había caducado. Pero no ese año, sino dos antes, en 2013, “a pesar de que durante los años 2013 a 2015, por diferentes estratos del CNI, seguían manifestándole (incluso por escrito) que su incorporación era inmediata”. Así consta en la demanda que presentó en la Audiencia Nacional y que admitió a trámite la jueza Begoña Fernández Dozagarat.

En ese documento, de 40 páginas, la defensa de Eduardo B. resume los hechos e incluye las comunicaciones que se cruzó con la entonces Jefa de Gabinete del Secretario de Estado Director, A. M. “Espero que sigamos cooperando y pronto podamos verte trabajando en el Centro”, decía en uno de esos emails. Una vez recibida la negativa, el CNI le invitó a presentarse de nuevo a las pruebas con la promesa verbal de que era un “mero trámite” para su incorporación. No pasó de la primera prueba.

La jueza encargada del caso informó al CNI de que Eduardo B. había formalizado su demanda y les daba un plazo para que contestaran, a través de la Abogacía del Estado. Pero el plazo ha transcurrido sin noticias del centro, ni de la Abogacía, ni del Ministerio de la Presidencia, de quien dependía del CNI y contra quien se dirige el procedimiento. Así consta en una diligencia emitida por la sección número 7 de la Sección de lo Contencioso Administrativo.

El CNI, por tanto, no puede aportar pruebas a la causa. Su única línea de defensa serán los escritos con los que el Ministerio de Presidencia contestó al aspirante a analista cuando este les presentó su reclamación antes de acudir a los tribunales. En ellos decían que se habían respetado las normas del proceso de selección y que no había lugar a recurso alguno porque expirado el plazo de un año para interponerla.

Sin embargo, la defensa de Eduardo B. consiguió que el Consejo de Estado le respaldase en un informe en el que apuntaban que el plazo comenzó en junio de 2016, cuando suspendió el segundo proceso. Por lo tanto, su reclamación estaba en plazo. Al no contestar a la demanda, el CNI no ha rebatido este argumento.

El proceso continuará ahora sin el escrito de contestación del centro. El siguiente paso será que la defensa de Eduardo B. plantee las pruebas que crea necesarias. El CNI ya no puede hacerlo. Así, el proceso judicial continuará para determinar si merece una compensación de 120.000 euros por los años que estuvo esperando a incorporarse a su puesto, mientras enlazaba trabajos temporales, y después de haber superado una serie de duras pruebas.

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