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Tres jueces de Toledo archivan el caso de la mordida para una campaña de Cospedal sin mencionar a Cospedal

María Dolores de Cospedal y Pablo Casado, durante la presentación de avales en Génova. / Efe

Pedro Águeda

El único caso de pagos a la caja B central del Partido Popular a cambio de contratos públicos que sobrevivía en un juzgado ha sido archivado. El juez de la caja B Pablo Ruz envió a un juzgado de Toledo los indicios acerca de una mordida de 200.000 euros destinados a la campaña autonómica de 2007 de María Dolores de Cospedal a cambio de la concesión del contrato de basuras en la ciudad a Sacyr. El juez de instrucción archivó provisionalmente la causa hace dos años y ahora tres jueces de la Audiencia Provincial de Toledo cierran definitivamente la causa en un auto en el que eluden citar a la supuesta receptora final de la mordida, la que fuera presidenta de esa comunidad autónoma y secretaria general del Partido Popular.

“La teoría especulativa que alegan los apelantes para unir a los manejos supuestos del señor Bárcenas y del señor Cañas (el exgerente local) con la mejora del contrato de recogida de residuos sólidos firmado entre el Ayuntamiento de Toledo y SUFI S.A son meras conjeturas aventuradas al socaire de la rivalidad política que carecen de reflejo probatgorio alguno según las diligencias de investigación practicadas”, recoge el auto de la Sección Segunda, al que ha tenido acceso eldiario.es.

A todos los protagonistas de la trama denunciada se les menciona excepto a Cospedal. En el auto, de diez páginas, se dice en un pasaje que los apelantes, las acusaciones populares del caso Bárcenas, alegan que la modificación del contrato de basuras “estuvo motivada en la financiación ilegal de la campaña electoral de la candida del PP a las elecciones municipales convocadas el 2 de abril 2007 (sic)”.

La veintena de empresarios que estuvieron imputados en el caso de la caja B vieron su causa archivada porque la Policía y la Fiscalía nunca pudieron acreditar que el dinero negro que entregaron al PP tuviera como destino la adjudicación de un contrato concreto, esto es, que fueran donaciones finalistas, lo que descarta el delito de cohecho, según el Código Penal. Según Bárcenas, siempre fue así, excepto en un caso, el de las basuras de Toledo y la mordida, ahora descartada por la justicia, de un 3% para la campaña de Cospedal.

Cuando Ruz remitió la causa a Castilla-La Mancha no pasó de aludir a un presunto delito de prevaricación administrativa. Sus indagaciones en la concesión así lo apuntaban. Del posible soborno tenía la declaración de Bárcenas, el recibí de Cañas, 11 citas en su agenda con Luis del Rivero y una más con Cospedal el día antes de que se aprobara la adjudicación. Además de varias contradicciones entre ellos. Del Rivero mintió primero y dijo no haberse reunido con Bárcenas de gerente del PP. Hasta que se publicaron las anotaciones y rectificó. Por su parte, Cañas declaró en la Audiencia Nacional que firmó el recibí, pero nunca recibió el dinero. Lo hizo, adujo, porque Bárcenas le daba miedo. En contra está el testimonio de Cospedal, también ante el juez, al hablar de los 200.000 euros como una transferencia de la tesorería nacional a la local para gastos electorales.

Los tres jueces de Toledo, sin embargo, consideran que “no se da en el presente caso la resolución ilegal, injusta, arbitraria, patente, flagrante y clamorosa o groseramente ilegal que requiere la jurisprudencia”.

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