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Las herencias se convierten en un regalo envenenado

Eduardo Azumendi

Vitoria-Gasteiz —

Las herencias han dejado de ser una especie de golpe de suerte para el que le toca. Al menos eso es lo que se desprende de las estadísticas del Consejo General del Notariado, que reflejan que en Euskadi han crecido un 50% las renuncias a las herencias desde que empezó la crisis. De las 764 renuncias que se contabilizaron en 2007 se ha pasado a las 1.120 del año pasado. ¿Por qué? Por el temor a los activos envenenados que encierran esas herencias por culpa de la crisis y que se traducen en deudas, hipotecas sin pagar y, en muchos casos, las veces que ha actuado de avalista el difunto.

Por ejemplo, el caso más habitual puede ser recibire una vivienda en herencia sobre la que pesa una hipoteca. Para poder ser propietario de esa vivienda primero hay que saldar el préstamo. El decano del Colegio de Notarios del País Vasco, Mario Martínez de Butrón, advierte de que “puede ocurrir que se herede un gran patrimonio, pero no se tenga liquidez suficiente para saldar las deudas”. Martínez de Butrón reconoce que en los últimos años los ciudadanos se han vuelto “más cautos” a la hora de aceptar las herencias. “Quien más o quien menos ya sabe las deudas que puede tener el difunto. El principal problema suele estribar en los avales que en vida concedió la persona fallecida. Es algo que no consta en la herencia y en muchas ocasiones resulta que ha ejercido de avalista. El que hereda el patrimonio también hereda esos avales. Ahí es donde suelen figurar las deudas”.

¿Y cómo se puede prevenir este tipo de situaciones? La paradoja es que una herencia envenenada termine por arruinar a los beneficiarios de la misma. Para evitar esta situación se puede recibir la herencia “a beneficio de inventario”. “Es una figura jurídica por la que el beneficiario solo responde de las deudas y demás cargas de la herencia hasta donde alcanzan los bienes incluidos en ella. Es decir, que se pierden todos los activos, pero el patrimonio propio queda a salvo”.

Antes de aceptar la herencia, hay que dejar constancia ante el notario de que se hace a beneficio de inventario. Mientras que en Navarra y Aragón esta figura se aplica de oficio, en el resto de comunidades es preciso solicitarla al notario. “El Parlamento tiene entre manos un proyecto de ley que recoge la aplicación automática de recibir la herencia a beneficio de inventario”.

La herencia, para el Estado

Los procesos de renuncia de herencias se han disparado desde el inicio de la crisis. A nivel nacional se han incrementado un 110% desde 2007, pasando de 11.047 a 23.228 en 2012, según el Centro de Información Estadística del Consejo General del Notariado. Esta tendencia se ha visto acentuada especialmente en el último año, con un crecimiento del 23%.

Existen multitud de supuestos en el caso de rechazar una herencia en función de si existen uno o varios herederos y de si la renuncia es solo por alguno o por todos ellos. Si uno de los herederos renuncia a su parte de la herencia, excepto que el fallecido hubiera establecido una cláusula de sustitución en su testamento para tal situación, esta se reparte entre los que sí la han aceptado. La complejidad surge cuando los herederos situados en la primera línea de sucesión renuncian. En ese caso, puesto que la herencia no desaparece, concurrirían las sucesivas líneas de herederos establecidos por la ley para la sucesión sin testamento. Es decir, hijos de los herederos, nietos o ulteriores descendentes, ascendientes, si los hubiera, hermanos, sobrinos o primos del fallecido.

Si todos estos posibles herederos renunciaran a la herencia, esta correspondería al Estado, según el régimen del Código Civil, o a la correspondiente comunidad autónoma o diputación foral.

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