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El Gobierno andaluz acusa a Carboneras de “prácticas dilatorias” para impedir la protección de El Algarrobico

Archivo - Vista general del hotel situado en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería).

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Almería —

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La Junta de Andalucía ha reclamado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordene al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) que cumpla con la sentencia que le obliga a declarar no urbanizable los suelos del paraje de El Algarrobico, donde se ubica el hotel de Azata del Sol, ante las “prácticas dilatorias” con las que solamente “retrasa” y “dilata” el mandato judicial.

La obligación de declarar no urbanizable está contenida en una sentencia dictada en 2016, firme desde 2018, que el Ayuntamiento sigue sin ejecutar plenamente, a pesar de las reiteradas advertencias de multa a sus alcaldes, que nunca se concretan. Otra sentencia le obliga a revisar la licencia de obras, aún vigente. Esta segunda sentencia se dictó en 2021 y el Pleno municipal acordó iniciar el procedimiento de revisión el pasado mes de julio. En paralelo se desarrolla la vía de la expropiación de los terrenos para demoler, iniciada por el Gobierno central el pasado febrero.

La Junta acusa ahora al Consistorio, liderado por Salvador Hernández (Ciudadanos) con el apoyo de cinco ediles del PP, de aprobar una modificación del planeamiento innecesaria el pasado 31 de julio. En un escrito dirigido a la Sala, al que ha tenido acceso Europa Press, la representación legal de la Junta pone en conocimiento del tribunal un oficio realizado por la Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo del 30 de julio --un día antes de que se celebrara la sesión plenaria para la modificación del PGOU-- en el que se hacen constar estas “prácticas dilatorias”.

Para la Junta, la celebración de ese pleno supone “otra actuación más del Ayuntamiento de Carboneras que retrasa el cumplimiento de la sentencia”, puesto que la resolución judicial, según recalcan, no obliga al Consistorio a aprobar ninguna modificación de su plan general para dar cumplimiento al fallo sino que únicamente, según sostienen, debía limitarse a “hacer figurar en el PGOU la clasificación de los terrenos como no urbanizables”.

Sólo “figurar en el PGOU la clasificación de los terrenos”

Así, recuerda que el TSJA ya expuso en su auto del 1 de marzo de 2024 que, para ejecutar la sentencia que le obliga a devolver la protección de los sectores ST-1 y ST-2 correspondientes a El Algarrobico y El Canillar, el Ayuntamiento “no tiene por qué proceder a aprobar definitivamente la modificación” del PGOU.

“Ninguna actuación ha de realizar la ejecutada que trascienda de lo que meramente consiste en hacer figurar en el PGOU la clasificación de los terrenos” sin necesidad de “anular y eliminar” ninguna “clasificación urbanística”, expone en un oficio elaborado 'ad hoc' el director general de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.

Con ello, desde la Junta de Andalucía se insiste en la providencia que la Sala de lo Contencioso-administrativo de Granada dictó el pasado 27 de mayo en la que volvía a reclamar al Ayuntamiento de Carboneras que procediera al “depósito” y “publicación” de la normativa urbanística ya corregida, para lo que le daba un mes de plazo.

El informe de la Junta incide así en la “inobservancia” del Ayuntamiento a las “reiteradas resoluciones judiciales” por las que se le insta a declarar no urbanizable El Algarrobico así como su “posible dilación municipal para llevar a puro y debido efecto el cumplimiento de la sentencia”.

Tras la comunicación del Consistorio, el TSJA ha otorgado diez días a la Junta de Andalucía, a la mercantil Azata del Sol y a las organizaciones ecologistas para que formulen alegaciones a la modificación del PGOU aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Carboneras (Almería) así como a los acuerdos suscritos por el órgano municipal, que remitió los acuerdos al alto tribunal andaluz a comienzos de este mes.

Otra advertencia de multa al alcalde

En una nueva providencia dictada este mismo lunes, el tribunal ha acordado otorgar al alcalde de Carboneras, Salvador Hernández (CS), cinco días para que “manifieste lo que tenga por conveniente” a la hora de explicar por qué aún no se ha depositado y publicado en boletín oficial la normativa urbanística corregida después de que el pasado mes de marzo se le conciera el plazo de un mes a tal efecto.

La ponente María del Mar Jiménez Morera reconoce el “exceso de plazo concedido” al primer edil Carbonero y ordena que se le comunique de forma “personal” a Hernández esta situación bajo nueva amenaza de aplicarle a su cargo “una multa coercitiva y su reiteración hasta el exacto y pleno cumplimiento de lo ordenado”.

En el mismo documento, la magistrada señala que estas medidas se podrán efectuar si no cumple con el oficio remitido al respecto sin perjuicio, además, que se de cuenta al Ministerio Fiscal “por si los hechos fuesen constitutivos de delito”.

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