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La Fiscalía se opuso dos veces a archivar el caso del robo de agua en el que está imputado Planas pero no le acusará

planas

Javier Ramajo

Alfredo Flores Prada, fiscal delegado de Medio Ambiente en Huelva, se opuso hasta por dos veces a los recursos presentados por Luis Planas contra el auto de procesamiento 11 de mayo de 2017 que desestimaba la petición de sobreseimiento y archivo de la causa en la que el ahora ministro está siendo investigado “por su

participación en un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente“ junto a otras 17 personas y siete entidades. El Ministerio Público se opuso formalmente al recurso, interesando la confirmación del auto, pero dejando constancia de que su escrito de acusación determinará y concretará el objeto del proceso y las personas contra las que se abrirá el Juicio oral. En el caso de Planas, el fiscal ”no formulará acusación contra el investigado“.

Según la documentación a la que ha tenido acceso eldiario.es Andalucía, el caso de Planas, cuyo contenido técnico y aportación documental de aquel recurso fue “valorado positivamente” por el fiscal, se asemejaría al de Clara Aguilera, antecesora de éste al frente de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía y diputada socialista en el Parlamento Europeo desde 2014. “No existen indicios relevantes de su participación activa u omisiva en los hechos objeto del procedimiento que justifiquen la continuación de la investigación respecto de su persona”, dijo el fiscal en marzo de 2016.

La “única conexión” de Aguilera con los hechos -señalaba el fiscal -es “el dato puramente formal” de haber ocupado como titular la Consejería (enero 2011-mayo 2012). Planas la sustituyó hasta diciembre de 2012, momento en el que trató de empezar a disputar las primarias del PSOE andaluz a Susana Díaz. Según la Fiscalía, las competencias en relación con el Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA), ahora extinguido, estaban delegadas en una Secretaria General de la Consejería. Las declaraciones como investigados de Planas y de las titulares de la Secretaría General “no resulta ni siquiera acreditada a nivel indiciario” (...) “una intervención puntual y relevante o una omisión análoga de aquella en relación con las fincas y explotaciones y en concreto con los hechos objeto de investigación penal”.

En todo caso, los dos escritos del fiscal, de julio de 2016 y de diciembre de 2017, dirigidos al Juzgado de Instrucción número 2 de La Palma del Condado, piden que se confirme el procesamiento del ahora ministro de Agricultura Luis Planas porque “no estamos en el momento procesal para determinar contra que investigados debe continuar la causa”. El primero de ellos se opone al recurso de reforma mientras el segundo se opone al recurso de apelación contra el auto de octubre de 2017 destimatorio del anterior. “Se interesa de la Ilma. Audiencia, la confirmación del auto recurrido por entender que es formalmente correcto y está motivado, sin perjuicio de que el MF no formulará acusación contra el investigado”, señaló concretamente el fiscal el pasado diciembre.

El Estado, competente

Según la noticia adelantada por El País, el Seprona de la Guardia Civil desarrolló en 2015 la 'Operación Vernum' en busca de pozos, detectando uno en una finca pública en la zona de Matalagrana, en Almonte. Los terrenos, donde los agentes encontraron captaciones ilegales, estaban siendo explotados por unos agricultores a través de un convenio con el Ayuntamiento tras recepcionar los suelos por parte de la Junta.

Argumentó el fiscal que las competencias de la Junta de Andalucía en la materia de aguas se ejercieron entre enero de 2009 y octubre de 2011, y, teniendo en cuenta que la querella comprende los años 2010-2013, su actuación queda constreñida al periodo entre enero de 2010 y octubre de 2011. Antes y después sería competente la Administración Estatal, en concreto la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) como organismo de cuenca, recordaba el fiscal en su escrito de marzo de 2016.

“Un panorama que impide determinar a nuestro entender, en este momento y con la mínima seguridad jurídica en un proceso penal, que los investigados en el marco de dicha Administración [Junta de Andalucía] hayan colaborado de forma activa y relevante con los agricultores querellados o cometido una omisión grave y reiterada al no denunciar penalmente las extracciones ilegales de las que tuviesen conocimiento”, dijo el fiscal.

Ya entonces a la vista del contenido de la investigación, se corroboraban “los indicios plurales y relevantes de una conducta en los particulares y empresas investigados de extracción ilegal de agua subterránea con grave riesgo para el ecosistema del Espacio Natural de Doñana por afectación directa del acuífero e indirecta de su ecosistema”.

“Un perjuicio irreparable al medio ambiente”

En el auto que transformó las diligencias previas en procedimiento abreviado, de 11 de mayo de 2017, dijo el juzgado que “de las diligencias practicadas se infieren indicios de que han venido llevando a cabo labores de cultivo de frutos rojos en las

tierras correspondientes al paraje conocido como Matalagrana del término municipal de Almonte desde mediados de los años 90 y, en lo que afecta a este procedimiento, al menos desde el año 2009 y hasta el año 2012, haciendo uso indebido de los recursos hídricos disponibles en la zona“.

Detallaba el auto que “para llevar a cabo estas plantaciones se firmaron convenios en abril de 1996, octubre de 1997 y diciembre de 2001 con el Ayuntamiento de Almonte como cesionario de los terrenos tras acuerdos con el IARA de 23 de febrero de 1996, 17 de octubre de 1997, 23 de febrero de 2001 y 12 de enero de 2006 por los que se aprobaba la realización de experiencias de introducción de cultivo de fresas compatibles con el medio ambiente”.

“En virtud de los convenios firmados por los agricultores con el Ayuntamiento, se cedía el uso de los terrenos a cambio de un canon y sin que se hiciera mención del uso del agua a que pudieran tener derecho tales parcelas. Puesto que por el titular de los terrenos se renunció a la inscripción de los pozos existentes en las parcelas tras la publicación de la Ley de Aguas y hasta la fecha no consta la regularización de tales pozos, se considera que han venido llevando a cabo extracciones de agua no autorizadas ni autorizables de los pozos existentes en las parcelas afectadas y realizados por el IRYDA en el marco del plan Almonte-Marismas dentro de la zona I del POTAD donde no es posible la autorización de nuevas captaciones por afectar al denominado acuífero 27 que alimenta al Parque Nacional de Doñana”.

“Con esta actuación se ha venido provocando un perjuicio irreparable al medio ambiente de una zona especialmente protegida al provocar la reducción de las cantidades de agua disponibles para la supervivencia de animales y flora natural del espacio protegido conforme a los informes obrantes en autos”, concluía el auto judicial.

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