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Castilla-La Mancha abre la puerta a que el personal del sector público pueda compaginar empleo de profesor universitario

Campus de la UCLM en Cuenca.

Carmen Bachiller

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El Gobierno de Emiliano García-Page quiere abrir la puerta a la posibilidad de que el personal del sector público de la Junta de Comunidades que preste servicio en los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, pueda compaginar un segundo puesto de trabajo o actividad como profesor sustituto en las universidades públicas de la comunidad, tanto la Universidad de Alcalá (UAH) con campus en Guadalajara, como la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), con campus en las otras cuatro provincias.

Es el objetivo del borrador de Decreto “por el que se declara de interés público y compatible la actividad de profesor o profesora sustitutos al servicio de las universidades públicas de competencia de la comunidad autónoma de Castilla- La Mancha”.

Acaba de ser publicado en el Portal de Transparencia de la comunidad autónoma en consulta pública previa. Podrán presentarse alegaciones durante diez días hábiles, hasta el próximo 5 de junio.

El Gobierno de Emiliano García-Page justifica la “necesidad y oportunidad” de su aprobación alegando que permitirá cubrir las plazas creadas por la Ley 2/2023, de 22 de marzo, de profesorado sustituto.

Ahora no es posible hacerlo y el ejecutivo regional asegura que no hay soluciones alternativas porque “para prestar con las debidas garantías el servicio público de la educación superior universitaria, se debe proceder a la contratación de un tipo de personal docente altamente cualificado, que en un gran número de ocasiones se encuentra prestando servicios en el sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”.

La figura del profesor sustituto, cuya actividad se va a declarar de interés público, fue creada en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) para poder cubrir las vacantes que se produjesen entre el personal docente e investigador con derecho a reserva de puesto y que temporalmente suspendiese la prestación de sus servicios por razones varias. Por ejemplo, en caso de permisos, licencias o situaciones administrativas, incluidas las bajas médicas, o en el caso de una reducción de su actividad docente.

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