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Así son los nuevos tiempos de espera en las Urgencias hospitalarias que aplicará Castilla-La Mancha

Urgencias de Toledo en septiembre

Carmen Bachiller

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Una Orden regulará en Castilla-La Mancha los tiempos máximos de espera en los servicios de urgencia hospitalaria de la región. La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha acaba de abrir un proceso de información pública  por el que, hasta el próximo 12 de febrero, se podrán presentar alegaciones a un proyecto que garantizará “el derecho a la información y los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencia hospitalaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”.

La Orden establece, en su texto inicial, que  todas las personas que soliciten asistencia en las urgencias hospitalarias tendrán derecho a ser recepcionadas, acogidas y clasificadas (lo que se conoce como RAC) “en los primeros diez minutos de su permanencia en las áreas de urgencias una vez filiados en los servicios de admisión”.

El objetivo  será evaluar la gravedad del proceso que padece  el paciente y priorizar el orden de atención, el lugar y los medios que necesite “salvo en las emergencias que serán atendidas de manera inmediata”.

Si se superan esos diez minutos, los servicios de urgencias deberán habilitar el número de puestos de triaje necesarios para garantizar el derecho del paciente. Esta medida  garantiza la “equidad, otorga visibilidad y liderazgo al profesional de Enfermería, que se encarga del triaje y garantiza una atención en los cuidados de los pacientes que los necesitan de forma rápida”, según el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM).

Por otra parte, en el proyecto de Orden se establece también un tiempo máximo de atención que será fijado en función del nivel de prioridad que asigne el profesional sanitario que atiende al paciente, conforme a unos estándares ya establecidos.

En este sentido, se trabajará con una escala con cinco niveles que van desde la atención inmediata, los 10, 60, 120 y 240 minutos como máximo. Si ese tiempo se supera sin que el paciente haya sido atendido, “deberá ser reevaluado por los servicios de urgencias para comprobar si el nivel de prioridad se ha modificado y actuar en función del resultado”.

Pero también hay excepciones en el caso de personas clasificadas con Códigos Tiempo Dependientes (código ictus, código sepsis, código trauma grave y código de perfusión coronaria). Los profesionales no podrán tardar más de una hora en atender estos casos.

Tope de 12 horas para el ingreso hospitalario 

Asimismo,  en el caso de los pacientes atendidos en Urgencias que precisen ingreso hospitalario, se establece un tiempo máximo de 12 horas siguientes a la solicitud administrativa del ingreso. “Todas las personas atendidas en un servicio de urgencias que precisen ingreso hospitalario tienen derecho a ocupar una cama de hospitalización a la mayor brevedad posible”, recoge la Orden.

“Si se supera ese tiempo, el hospital deberá habilitar sin demoras las camas necesarias con el fin de garantizar la prestación de una asistencia de calidad y la dignidad de las personas”. En caso de que no se pudiera dar respuesta a esa situación por no disponer de camas, el paciente será informado y se le ofrecerá la posibilidad de ser ingresado en otro centro hospitalario público de la región de acuerdo a su proceso clínico, disponibilidad de camas y proximidad a su domicilio.

“El paciente, siempre que su estado de salud así lo permita, podrá optar por permanecer a la espera de que se habiliten los recursos necesarios para su ingreso”, matiza el texto.

Derecho a la información y estar acompañados (con excepciones)

Se reconoce también en el texto el derecho de los pacientes a estar acompañados en los servicios de urgencias “salvo que exista una situación de alta frecuentación” (y aquí hay excepciones para personas dependientes, con deterioro cognitivo o trastorno mental o alteración del nivel de conciencia, menores de edad, personas con discapacidad auditiva o visual o con movilidad reducid y las mujeres durante el segundo y tercer trimestre del embarazo o con síntomas iniciales de parto).

También se puede negar el acompañamiento “cuando la presencia de un acompañante interfiera en el normal funcionamiento del servicio de urgencias”. Además se apunta que habrá “mecanismos de control de acceso necesarios para poder facilitar el acompañamiento de los pacientes en unidades de observación de urgencias”.

En cuanto a la información en los servicios de urgencias, los pacientes tendrán derecho a que se les asigne un médico responsable de su proceso y una enfermera, ambos profesionales del servicio de urgencias, “debiendo quedar constancia de ello en el sistema de gestión de pacientes”.

Tanto los  pacientes como sus acompañantes tendrán derecho a recibir la información asistencial sobre su proceso clínico, al menos antes de que hayan transcurrido más de 12 horas de su llegada a Urgencias.

Además, en los casos en los que el paciente permanezca en urgencias más de 12 horas, el profesional responsable de su asistencia le informará cuando haya una modificación en el estado de salud o una nueva información que facilitar (llegada de resultados, pruebas…). También tendrá derecho a recibir del centro o servicio sanitario, una vez finalizada la atención de un episodio de urgencias, un informe médico.

De otro lado, se cita el objetivo de “preservar la seguridad de las personas” especialmente de los residentes en las zonas rurales y por eso la Orden, “garantiza que no se podrán suprimir los Puntos de Atención Continuada (PAC) ya existentes en atención exclusivamente a argumentos basados en criterios de carácter económico” (por cierto que la Junta acaba de aprobar el nuevo mapa sanitario regional).

La Junta reconoce que el servicio está “muy deteriorado”

Este Plan incluye mejorar el proceso de ingreso urgente en los hospitales de Castilla-La Mancha que el propio Gobierno castellano-manchego reconoce como “muy deteriorado debido a diversas razones, originadas por una rígida política de contratación de profesionales, así como por el cierre indiscriminado de camas llevado a cabo durante la legislatura anterior”.

El borrador de la Orden alude a la creación, en 2016, de la Red de Expertos y Profesionales de Urgencias (REP Urgencias), entre cuyas funciones se incluye el seguimiento de la implantación del Plan Dignifica y su desarrollo en la urgencia hospitalaria, además de homogeneizar protocolos de actuación de las áreas de urgencias, en relación con los derechos y deberes de los pacientes. Han sido precisamente los trabajos de la REP Urgencias los que han servido de base para elaborar el texto de la Orden.

Los datos vinculados a los servicios de Urgencias serán públicos, ya que el SESCAM deberá publicar en el portal de transparencia  la información semestral sobre los tiempos medios de demora en todos los procesos vinculados con el servicio.

Finalmente, el SESCAM se compromete a elaborar  en un plazo de seis meses un Plan Regional de los Servicios de Urgencias para garantizar los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencia hospitalaria establecidos en la Orden.

“Un paso más” para “dignificar” el trabajo de los profesionales

Las medidas que recoge la regulación están dirigidas a todas las personas la atención en situación de urgencia y emergencia pero con  especial incidencia en menores, mujeres gestantes y personas que padezcan enfermedades crónicas.

La directora gerente del SESCAM, Regina Leal, ha dicho que es “ un paso más en el esfuerzo ” que realiza el Gobierno regional desde el inicio de la legislatura para “dignificar” el trabajo de los profesionales de las urgencias hospitalarias y la atención sanitaria que reciben aquellos ciudadanos que precisan una asistencia urgente.

Habla de “buenos resultados” gracias a las medidas que se han puesto en marcha en el marco del Plan Dignifica de Urgencias, entre ellos, la disminución en un 53 por ciento el número de pacientes pendientes de ingreso a las ocho de la mañana en los catorce servicios de urgencias hospitalarios de Castilla-La Mancha.

Además, ha recordado, la demora media en el ingreso hospitalario se ha reducido en un 66 por ciento, situándose en tres horas y media, “muy lejos de las siete horas que esperaban los pacientes al comienzo de la legislatura”. También ha bajado en un 51 por ciento el tiempo medio de permanencia de los pacientes en los servicios de urgencias.

“Todos estos datos tienen una clara incidencia en el trabajo que realizan los profesionales de Enfermería, porque descongestionar las áreas de urgencias implica una menor carga de trabajo y poder dedicar más tiempo a los pacientes”, ha remarcado Leal.

Fue una de las primeras medidas tomadas por el Gobierno de Emiliano García-Page en la legislatura que ya termina. El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, en su reunión de 28 de julio de 2015, aprobó el Plan de Garantías de los Servicios de Urgencias con el objetivo de garantizar una serie de aspectos clínico-asistenciales, de cuidados, seguridad, dignidad e intimidad derivados del análisis y respuesta de un sistema experto.

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