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Procesan al jefe de seguridad de Fabra por la 'caza del topo' del Palau

El president Fabra junto a su vicepresidente, José Císcar, y la exconsellera Asunción Sánchez Zaplana

Europa Press

Valencia —

El Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia ha procesado al exjefe de seguridad del Palau de la Generalitat, Rafael Piqueras, por un posible delito de trato degradante o, alternativamente, coacciones, en relación con el interrogatorio que hizo al asesor de prensa del exvicepresidente del Consell José Císcar en la búsqueda del autor de filtraciones de información de Presidencia, el conocido como 'topo del Palau'.

Así consta en un auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en el que el juez acuerda seguir las diligencias por los trámites de procedimiento abreviado y dar traslado de la causa al fiscal y a la acusación personada para que soliciten el sobreseimiento, apertura de juicio oral o nuevas diligencias. En la misma resolución, el magistrado deniega el sobreseimiento solicitado por el imputado.

El juez llega a esta decisión al estimar probado que en el transcurso de la conversación mantenida entre Piqueras y el asesor de Císcar el 22 de julio de 2014 en el trayecto desde dependencias de la Vicepresidencia de la Generalitat a las dependencias policiales de la Unidad Adscrita, y posteriormente en el despacho del primero, el imputado le dio a entender que podía pasar la noche en los calabozos si no colaboraba. Éste intentaba obtener información acerca del autor de las supuestas filtraciones, y le llegó a insinuar su posible participación en el caso en base, según le dijo, a la información de un supuesto testigo.

Una vez en el despacho del imputado, en la conversación que mantuvieron a solas, Piqueras cogió y tecleó el móvil del asesor para efectuar “cierta pesquisa” en su agenda, e insistió en esos indicios que veladamente decía conocer.

“Presionó” a la víctima para que colaborara o le informara sobre el autor de las filtraciones -prosigue el juez en su resolución- y le manifestó que si colaboraba, podía no dar curso judicial a las “evidencias” que había en su contra. Le comentó también que de ese modo podría conservar su trabajo, dado que con una llamada podía quedarse sin él, perjudicando su carrera profesional.

Al final de la entrevista, le dijo que podía irse, pero que eso no acababa ahí y que esperaba pronto noticias de él. El asesor en todo momento negó su participación en los hechos, y tuvo una sensación de temor e intranquilidad que transmitió en los días siguientes a ciertos compañeros de trabajo y que le llevó a protocolizar notarialmente el 25 de julio un relato detallado de lo según él acaecido.

Rechazo del archivo

En la misma resolución, el juez rechaza sobreseer la causa, tal y como reclamaba el imputado. Señala que no se ha puesto de relieve, “de una manera clara y significativa”, datos o elementos que permitan considerar que la versión sostenida por la víctima sobre lo que ocurrió “resulte imposible, falsa o que por incoherencias y contradicciones evidentes con otros hechos de corroboración circunstancial, adolezca de incredibilidad”.

Así, considera que a la vista de lo actuado no cabe excluir la posibilidad “razonable” de que se cometiera el delito: “Hay méritos suficientes para que los hechos sean enjuiciados”. “No corresponde a este instructor decidir si el delito se cometió o no, ni juzgarlo. Lo que le corresponde es afirmar o negar la posibilidad razonable de que se cometiera. Y esa posibilidad persiste”, sostiene.

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