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El TSJ anula la exclusión injusta de la Generalitat Valenciana a una solicitante de ayudas públicas para el alquiler

La vicepresidenta Susana Camarero, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —

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La sección quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha anulado la resolución de la Generalitat que excluyó a una solicitante de ayudas a la vivienda al aplicarle incorrectamente la normativa. La sentencia, que no es firme, ha sido dictada casi dos años después de que la mujer interpusiera un recurso de reposición contra la resolución de la entonces Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, dirigida por la vicepresidenta Susana Camarero.

La exclusión de la solicitante se produjo en plena polémica por la gestión del Consell de Carlos Mazón de las ayudas para el alquiler, que dejó fuera a 4.000 personas y que coincidió con la dimisión de la directora general de Vivienda, Ana Caballer.

La Generalitat consideró que la mujer superaba el importe máximo de la renta establecido para la zona de València (770 euros). Sin embargo, la defensa de la solicitante esgrimió que la renta de alquiler aportada, con un importe de 800 euros, englobaba los gastos de comunidad, tal como se especificaba en una cláusula del contrato de alquiler.

La normativa de la Generalitat vigente en aquel momento establecía que, si no se especificaba el importe de los gastos de comunidad, debía entenderse que suponían un 5% de la renta del alquiler.

“El cálculo que hace la parte demandante es que el 5% de 800 euros son 40 euros, que se deben restar y que suponen un arrendamiento a estos efectos de 760 euros al mes. Siendo que el límite son 770 euros al mes, se tendría que haber dado por subsanado este requisito como señaló en el recurso de reposición que no recibió respuesta expresa”, afirma la sentencia del alto tribunal autonómico.

El TSJ-CV avala el cálculo de los gastos de comunidad y concluye que la mujer “tiene derecho a la ayuda solicitada”.

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