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El Ayuntamiento de València vuelve a multar a la terraza del Ateneo por poner música sin autorización

El edificio del Ateneo, en la plaza del Ayuntamiento de València.

Laura Martínez

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El Ayuntamiento de València vuelve a multar al Ateneo Mercantil por las fiestas en su azotea. Meses después de confirmar una sanción de 20.000 euros por el ruido de una fiesta privada, la concejalía de Grandes Proyectos ratifica otra sanción de 9.000 euros por dos infracciones muy graves: el uso de equipos de sonido sin licencia y no acreditar que el seguro de responsabilidad civil cumple los requisitos.

El consistorio confirma una denuncia de la Policía Local de noviembre de 2024 a una de las azoteas de moda en el centro, que recoge que opera con “música en funcionamiento tipo amenización musical” sin licencia. La inspección constató que en la octava planta, que ejerce de 'rooftop' -un concepto de ocio en azoteas con música y coctelería, de moda en grandes ciudades- la sala dispone de Tablet, dos amplificadores, limitador tipo potenciómetro sin marca, con un display externo más nueve altavoces en zona aire libre y tres dentro de la pérgola, dice el escrito municipal, que constata que no se contempla en la licencia o declaración responsable.

El Ateneo alegó que comunicó el cambio de titularidad de la azotea -la gestiona Atenea Sky-, que todas las actividades del edificio se desarrollan bajo el control y dirección de la institución y que comunicó la amenización musical al servicio de licencias. Sin embargo, la comunicación se realizó en enero de 2025, dos meses después del acta de denuncia, señala el consistorio.

En la resolución municipal se recoge que el Ateneo aportó un escrito en el que asegura tener póliza, en la que figura como tomador del seguro la mercantil Atenea Sky Club, como empresa que gestiona la explotación del establecimiento, niega que el uso de la amenización se realice de forma clandestina y manifiesta vulneración del principio de prensunción de inocencia por no tener en cuenta sus consideraciones. El Ateneo presentó el justificante de pagos y la póliza a nombre de la empresa Atenea Sky Club, pero, para el consistorio, al no ser la misma entidad, no cabe admitir la justificación. Abronca además que no se ha comunicado al servicio de licencias este cambio en la gestión.

La resolución dice, concretamente: “Puesto que la mercantil manifiesta ser la responsable titular de la actividad, el seguro debe ir a su nombre, no a nombre de un tercero (Atenea Sky Club SL), de cuya actividad la administración no tiene conocimiento al no habérsele comunicado en ningún momento por parte de la entidad propietaria del edificio y que en su momento presentó la correspondiente declaración responsable para el ejercicio de la actividad, el arrendamiento/cesión de la explotación, manifestándose en este sentido el Servicio de Licencias de Actividades de este ayuntamiento”.

Se trata de dos infracciones graves conforme al artículos 51 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, señala el consistorio. Para este caso, la ley prevé multas de 601 a 30.000 euros, además de caber la suspensión de la actividad, aunque el Ayuntamiento de PP y Vox ha optado por una sanción mínima. Preguntado por estas cuestiones, El Ateneo no ha respondido a la consulta de elDiario.es.

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