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La sombra del 155 se alarga

El president Quim Torra.

Javier Pérez Royo

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Las últimas elecciones catalanas que se celebraron el 20 de diciembre de 2017 fueron convocadas por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que había destituido al Govern y disuelto el Parlament haciendo uso de las medidas aprobadas por la Senado en aplicación del artículo 155 de la Constititución.

Las próximas elecciones han sido anunciadas ya por el president Quim Torra, pero serán convocadas “de facto” por el Tribunal Supremo (TS) en el momento en que anuncie la fecha en la que hará pública la sentencia, en la que muy probablemente confirmará sentencia de inhabilitación del president dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

A partir de ese momento, el president Quim Torra sabrá que ha perdido el control de la prerrogativa de la disolución, de la que únicamente podrá hacer uso antes de que su inhabilitación sea definitiva.

Más de dos años después de hacer uso del artículo 155, no solamente no se ha vuelto a la normalidad previa a la aplicación del mismo, que era la finalidad que se decía perseguir, sino que se ha generado una nueva normalidad, que no puede ser aceptada como tal, pero de la que cada vez resulta más difícil salir. La forma en que se van a convocar las nuevas elecciones es un botón de muestra. Por segunda vez consecutiva una operación central en el sistema democrático, como es la convocatoria electoral, se produce de forma anómala.

Es lo que suele ocurrir con la aplicación de las normas de excepción. Que se sabe cómo se entra, pero no cómo se sale. En teoría se trata de un instrumento para volver a la normalidad, pero su aplicación suele alterar la normalidad sobre la que se proyecta de tal manera que, cuando se quiere dar marcha atrás, no hay normalidad a la que volver.

Es lo que ha pasado en Catalunya. El remedio del 155 se ha acabado convirtiendo en peor que la enfermedad que con el mismo se pretendía combatir. Si en lugar de destituir al Govern y disolver el Parlament, se hubiera forzado que fuera el president Puigdemont el que disolviera y convocara elecciones, reconociendo con ello de manera implícita el fracaso de la aventura de la convocatoria del referéndum de independencia, teniendo que gestionar las tensiones entre los propios partidos nacionalistas (las famosas 155 monedas de plata de Gabriel Rufián) y obligando a los ciudadanos catalanes a emitir un juicio en caliente sobre la irresponsabilidad de la acción del Govern y del Parlament, se decidió tirar por la calle de enmedio y activar el 155. Y no solamente eso, sino que a la destitución del Govern y disolución del Parlament se anudaría sin solución de continuidad la interposición de querellas, que quebraron la posibilidad misma de que de las elecciones catalanas convocadas para el 20 de diciembre pudiera salir una legislatura con una apariencia mínima de normalidad.

Con la perspectiva que proporciona el tiempo transcurrido, se ve claro que recurrir al artículo 155 fue un error. En el mes de octubre quedó de manifiesto que la independencia había sido un “espejismo”, una “ilusión óptica” (Diccionario de la RAE), que se había diluido al contacto con la realidad. Se debía haber dejado que los propios ciudadanos tuvieran que hacer el ajuste de cuentas con el fracaso al que sus propios dirigentes los habían llevado y que aprendieran que los “límites constitucionales-estatutarios” son los propios elementos constitutivos del derecho a la autonomía. Que sin ellos no es posible el ejercicio del derecho a la autonomía. Y que la relación de fuerzas entre el Estado y la Comunidad Autónoma no permitía aventuras desconocedoras de dichos límites.

Tanto desde las instituciones catalanas como desde las españolas se tiene que hacer una revisión de lo que se ha hecho y contraer el firme propósito de no volver a tropezar en la misma piedra. Pues, si la independencia y la República catalana fue un espejismo, la pretensión de resolver el problema que la persecución de tal espejismo había provocado, mediante la aplicación del artículo 155 y el recurso simultáneo a los tribunales de justicia no lo era menos.

De hecho, las consecuencias de la aplicación del 155 han resultado ser mucho peores que las de la convocatoria del referéndum. Y mucho más prolongadas en el tiempo.

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