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La Audiencia Nacional exime de la cárcel a Ricardo Costa por haber ayudado a destapar la financiación ilegal del PP

Comparecencia de Costa en el Congreso sobre los "papeles de Bárcenas" que el juez valora para eximirle de prisión.

Sergi Pitarch

El magistrado-juez del juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, ha acordado a petición de la Fiscalía Anticorrupción y la defensa eximir al exsecretario general del PP valenciano Ricardo Costa de cumplir los cuatro años de prisión a los que fue condenado por haber colaborado con la justicia. A cambio, Costa deberá pagar 192.000 euros de multa y realizar trabajos para la comunidad durante un año con el compromiso no volver a delinquir mientras dure la suspensión de la pena privativa de libertad.

El magistrado ha valorado “la confesión importante, relevante y valiosa para la justicia” en el juicio de la financiación ilegal del PP valenciano, la información aportada para la investigación de los “papeles de Bárcenas” y la actual colaboración con la Fiscalía Anticorrupción en los casos Taula, Valmor y Fómula 1.

El juez de la Audiencia Nacional concluye que suspende su entrada en prisión “por haber colaborado de manera excepcional con la Administración de Justicia”, algo que, apunta, contribuye a “atajar la lacra de la denominada corrupción política”. El juez de la Audiencia Nacional considera que este arrepentimiento y la confesión supone un esfuerzo “reparador”.

El auto también relata los argumentos de la defensa que plantearon que Ricardo Costa ha “reordenado su actividad hacia el ámbito puramente privado” y los delitos que cometió “fueron primarios y ocasionales”. Además, en el caso Gürtel por el que fue condenado el exsecretario general del PP “no existe responsabilidad civil o indemnización a terceros, ya que se constató en sentencia que el condenado no obtuvo ningún lucro o beneficio personal”. 

Respecto a que se le pueda suspender una pena de cuatro años cuando la regla general del ordenamiento es que solo sea en penas inferiores a dos, el magistrado explica que se puede plantear una excepción porque ninguno de los delitos por los que fue condenado supera los dos años, ya que se le impusieron tres penas de 8 meses y una de 24. 

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