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La mayoría de víctimas de trata nunca llega a recibir de los condenados la indemnización que dictan los tribunales

Entidades católicas denuncian la "invisibilidad" de mujeres que sufren trata

Icíar Gutiérrez

Rebecca, Halima, Aisha, Awa y Doris llegaron a España desde Nigeria, donde se encontraban en una situación económica muy precaria, con promesas falsas de ofertas de trabajo. Les exigieron de 30.000 a 50.000 euros para los gastos de viaje, que tenían que devolver una vez en España. Cuando llegaron, vinieron las amenazas y fueron obligadas a pagar la deuda ejerciendo la prostitución en distintas ciudades de Catalunya. 

La organización criminal que estaba detrás, compuesta por al menos 9 miembros que reclutaron, transportaron y explotaron a personas de Nigeria a España entre 2007 y 2012, fue finalmente desarticulada. La Justicia los condenó a penas de prisión por diferentes delitos y ordenó, además, el pago de indemnizaciones de entre 50.000 y 100.000 euros. Pero, a día de hoy, ninguna de las cinco víctimas ha cobrado nada en este concepto.

Los nombres de Rebecca, Halima, Aisha, Awa y Doris no son reales, pero su caso sí lo es. Es uno de los analizados en el último estudio del proyecto Justice at Last, financiado por la UE, que persigue mejorar el acceso a la compensación para las víctimas de trata. En él participan organizaciones especializadas de Bulgaria, República Checa, Alemania, Austria, Países Bajos, Irlanda, Rumanía, Macedonia, Serbia. También, las entidades SICAR cat y Proyecto Esperanza de España.

Justice at Last ha estudiado 60 casos relacionados con víctimas de la trata y otros delitos conexos en estos diez países. Las organizaciones concluyen que a una de cada tres víctimas que reclamaron una indemnización por los daños sufridos no se les reconoció a través de una sentencia. En 40 de los casos analizados los tribunales sí decidieron otorgarla, pero solo 11 de ellos han acabado con el pago de la compensación económica a las personas víctimas de trata y explotación, con cantidades mensuales “muy bajas”.

Es decir, “de manera preocupante”, dice Justice at Last, una cuarta parte de ellas, el 27%, llegó a cobrar la indemnización exigida por los jueces a los condenados. En las tres cuartas partes restantes, las víctimas no recibieron ninguna compensación monetaria a pesar de la decisión del tribunal. El principal motivo de impago, de acuerdo con el estudio, es que la persona acusada se declaró insolvente.

Las cantidades exigidas por los jueces varían en los distintos casos analizados: la máxima compensación la otorgó un tribunal penal de Rumanía a una mujer que fue objeto de trata con fines de explotación sexual, 190.000 euros, por daños morales y materiales por explotación sexual, drogadicción e infección del VIH. La cantidad más baja se concedió a una víctima de trata con fines de explotación sexual en Austria, 800 euros. Ambas sentencias no han sido ejecutadas, de acuerdo con el estudio. 

“Múltiples barreras” para acceder a este derecho

Las organizaciones sostienen que aunque el derecho a la indemnización “está reconocido internacionalmente y se encuentra bien establecido en la legislación de la UE y en los ordenamientos nacionales”, aún existen “muchas barreras” que les impiden acceder a este derecho, entendido como una de las patas fundamentales de la reparación del daño sufrido. “En la mayoría de los casos, no se está garantizando de forma real ni efectiva”, sostiene Marta González de Proyecto Esperanza. 

Por un lado, según han explicado las entidades españolas durante unas jornadas celebradas en Madrid, “muy pocas víctimas tienen la información, el apoyo y los medios para buscar una compensación”. Son varias las barreras con las que se topan en este sentido, entre ellas el miedo y la escasa confianza en las autoridades, o el temor a que se les abra un expediente de expulsión si acuden a denunciar, en el caso de que estén en situación administrativa irregular. 

La investigación también sostienen que las personas que intervienen en el proceso “no cuentan en ocasiones con suficiente formación y sensibilidad” con relación a los derechos de las víctimas. Es frecuente que la información no se les proporcione desde el primer contacto o no sea comprensible. Por otro lado, las entidades hacen hincapié en que hay víctimas que no reciben una asistencia jurídica adecuada: la que es financiada por los Estados “no siempre es completamente gratuita” y, en general, el acceso a asistencia especializada y de calidad es “limitado”.

Las trabas no terminan cuando las personas que han sufrido este delito logran que se les reconozca el derecho a la compensación, como muestran los casos analizados. El pago de las indemnizaciones reconocidas mediante sentencia judicial “es anecdótico”. A veces, explican las ONG, “no se encuentra a los perpetradores, no se les procesa, han trasladado sus bienes al extranjero o se han declarado en quiebra” para que no se les confisquen sus bienes y tener que pagar una compensación.

También entra en juego “la necesidad de mejorar” las investigaciones financieras y patrimoniales para localizar e incautar los bienes de los tratantes, indica González. Aquí entra en juego una de las dimensiones de la lucha contra la trata de seres humanos, que en numerosas ocasiones traspasa fronteras. “Toda esta complejidad es importante, porque, a veces, aunque se condene a alguien, no hay bienes localizados que se puedan utilizar como fondos para pagar a la víctima”, sostiene la letrada. Por esta razón, las organizaciones reclaman que esta investigación se lleven a cabo desde el inicio de los procedimientos.

En este sentido, Ismael Delmás, jefe de grupo de la brigada central de trata de seres humanos de Policía Nacional, ha insistido en que se trata de un tipo de investigación “compleja, que requiere un enfoque global” y ha apuntado que la mayoría de los tratantes tienen sus bienes en el extranjero y a nombre de otras personas. “El dinero va al país de origen de los investigados, en sus países nos hemos encontrado verdaderos palacios”, ha dicho. Las organizaciones mencionan algunos casos de buenas prácticas en Europa. Entre los países, miran a Holanda, que cuenta con un modelo por el que el Estado cuenta con un fondo que anticipa la compensación otorgada en los procesos penales.

56 sentencias condenatorias en España desde 2012

¿Y en España? Desde enero 2012 hasta diciembre 2017, ha habido 56 sentencias condenatorias por trata de personas de las que 46 contienen un pronunciamiento de indemnización. Las cantidades son muy dispares. Son datos que ha proporcionado María Pilar Izaguerri, fiscal delegada de Extranjería de Barcelona, durante su intervención en las jornadas. Aunque no se conocen los datos de cuántas han sido ejecutadas, “muy pocas víctimas tienen acceso efectivo a indemnización”, ha asegurado Izaguerri. 

De las otras 10 sentencias, en siete “no consta pronunciamiento de indemnización” y en tres casos, las víctimas renunciaron de forma expresa. “Tenemos que asegurarnos de que cuando hay renuncia a la indemnización, esta no responda a la presión de los tratantes, no nos basta una mera renuncia, hay que indagar un poco más”, ha explicado la fiscal, quien ha destacado la labor de las organizaciones sociales especializadas. “Sin vosotras las víctimas no estarían protegidas”.

En este sentido, ha indicado que las actuaciones judiciales se deben llevar a cabo desde la perspectiva de derechos humanos. “Hay que mimar y proteger a las victimas que vienen a declarar, dotarles de un mínimo de confort. No todas las dependencias judiciales disponen de medios como la mía, que cuenta con un circuito cerrado de videoconferencia o métodos de distorsión de voz. Debemos hacer lo que sea, también quejarnos, para que las instalaciones sean adecuadas”, ha apuntado Izaguerri. 

“A menudo nos encontramos con que la restitución es imposible, ¿cómo se puede restituir a quien ha sido privado de la dignidad? No vale quedarse en la vía judicial penal, el Estado tiene la responsabilidad de promover medidas efectivas de resarcimiento de las víctimas de trata”, ha añadido la jurista. 

La compensación a las víctimas, explican las organizaciones, tiene una triple función: restaurativa, “ya que significa un reconocimiento y un apoyo a la recuperación psicosocial”; preventiva, “ya que a través de la confiscación de los beneficios del delito se evita que vuelvan a ser utilizados para nuevas actividades delictivas” y se contribuye a desarticular la estructura económica de las redes; y también punitiva porque es una sanción económica a los tratantes.

“Hablamos de personas que vienen a menudo de entornos muy empobrecidos y la trata de personas es un negocio muy lucrativo. No se puede hablar de acceso a la Justicia si no hay reparación económica que permita el desahogo para tener una vida digna. Es lo mínimo, como sociedad, que podemos devolver. Además de un derecho, para ellas, muchas veces, es una ayuda fundamental”, sentencia González. 

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