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Cuándo se cobra el IMV en enero de 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital

El ingreso del IMV puede diferir según la entidad financiera.

Edu Molina

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se ha consolidado como una de las prestaciones sociales más importantes en España, destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a personas y hogares que atraviesan dificultades económicas. Su gestión depende de la Seguridad Social y su abono se realiza mediante transferencia bancaria, lo que permite a los beneficiarios contar con un apoyo económico regular para cubrir necesidades esenciales.

El funcionamiento del IMV se enmarca dentro de un sistema de protección social orientado a reducir la pobreza y limitar la exclusión. La prestación no solo atiende a la situación económica de los beneficiarios, sino que también tiene en cuenta la composición del hogar y la situación de ingresos y patrimonio, lo que permite ajustar el importe a las circunstancias de cada unidad de convivencia.

Qué es el IMV y quién tiene derecho a él

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica gestionada por el Estado, diseñada para asegurar que personas y hogares con dificultades financieras dispongan de un nivel mínimo de ingresos. Su objetivo principal es ofrecer apoyo a quienes no cuentan con recursos suficientes para afrontar gastos como alimentación, vivienda o suministros básicos, garantizando así la cobertura de necesidades esenciales.

Esta ayuda está dirigida a los grupos con mayor vulnerabilidad económica, con la finalidad de contribuir a la reducción de la pobreza y limitar los riesgos de exclusión social. Pueden acceder al IMV tanto ciudadanos españoles como residentes legales en España que cumplan los criterios establecidos por la normativa, incluyendo los requisitos de ingresos, patrimonio y composición de la unidad de convivencia. La prestación se ajusta a las características de cada hogar, asegurando un respaldo económico proporcional a su situación específica.

Fechas de pago del IMV según entidades bancarias

El abono del Ingreso Mínimo Vital depende de la entidad financiera en la que el beneficiario tenga domiciliada la prestación, ya que cada banco puede decidir adelantar o ajustar los pagos dentro del rango establecido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Esto significa que, aunque la Seguridad Social fije un periodo oficial para los ingresos, la disponibilidad del dinero en la cuenta puede variar según las políticas internas de cada institución.

En la práctica, algunas entidades suelen realizar el ingreso a partir de los primeros días del mes: Banco Santander, Ibercaja y Openbank a partir del día 7; mientras que Abanca, Banco Sabadell, Bankinter, BBVA, Caixabank, Cajamar, Cajasur, ING, Kutxabank y Unicaja lo hacen generalmente a partir del día 10. Estas entidades, mediante la Cuenta Única Centralizada de la Seguridad Social, reciben la información sobre los beneficiarios y las cuantías con antelación, lo que les permite anticipar los pagos sin esperar a la fecha oficial de “valor” establecida por la normativa.

A diferencia de otras prestaciones que se abonan en un día fijo, el IMV no cuenta con un calendario uniforme para todos los perceptores. Por ello, se recomienda a los beneficiarios consultar directamente con su entidad bancaria para confirmar la fecha exacta en la que se reflejará el ingreso. Esta medida permite organizar mejor las finanzas personales y evitar contratiempos derivados de la variación en los plazos de cobro.

Primer pago para nuevos beneficiarios

Para las personas que reciben el Ingreso Mínimo Vital por primera vez, el primer abono puede no coincidir con el calendario mensual habitual. Cuando la resolución de la prestación se concede a lo largo de un mes, lo habitual es que el primer pago se realice en el mes siguiente, incorporando de manera retroactiva las mensualidades correspondientes desde el momento en que se reconoce el derecho.

Si la aprobación se produce hacia finales del mes, el primer ingreso puede retrasarse hasta el mes posterior al de la resolución. Este aplazamiento no implica que se pierda ninguna cantidad; la Seguridad Social asegura que todos los importes pendientes se transfieran de manera completa. De esta forma, aunque los trámites administrativos puedan demorar el primer abono, el beneficiario recibe la totalidad de la ayuda a la que tiene derecho, incluyendo cualquier pago proporcional a los días no cubiertos previamente.

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