Los contratos de alquiler que se actualicen en diciembre podrán subir un 2,3%, un nuevo máximo
Los contratos de alquiler que se actualicen durante el mes de diciembre podrán subir hasta un 2,29%, según el último dato del índice de arrendamiento de vivienda, publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística. Es la tasa más alta desde que se puso en funcionamiento este indicador el pasado mes de enero y que afecta a los acuerdos firmados a partir de la entrada en vigor de la Ley Estatal de Vivienda. Por ejemplo, un alquiler de unos 850 euros al mes, podría subir 19,5 euros, algo más de 230 al año.
Tradicionalmente, las subidas habían estado ligadas a la inflación. El Gobierno impulsó el índice de arrendamiento de vivienda como freno ante incrementos del IPC elevados. De esta forma, se busca desvincular las actualizaciones de la renta que los propietarios pueden exigir año a año de este indicador macroeconómico y “evitar incrementos desproporcionados” cuando la inflación supere el 2%.
Este viernes se ha conocido el dato del IPC de noviembre, que cerró en un 3%, una décima menos pese a la subida de los precios de los alimentos pero moderado por la bajada de la electricidad. La tasa subyacente, que excluye los costes más volátiles como la energía o los frescos, subió al 2,6%, su valor más alto en once meses. Con estas cifras, por encima del 2%, se activa el mecanismo de corrección, mediante una fórmula que tiene en cuenta tanto estos datos como una estimación de Economía y un coeficiente basado en las circunstancias del mercado.
La actualización de este mes, un 2,29%, es la máxima desde que se puso en marcha el índice en el mes de enero y encadena seis meses de subidas, desde el 2% de mayo.
Esta actualización, limitada al 2,29%, solo afecta a los contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023, cuando entró en vigor la ley estatal. Los anteriores seguirán vinculados al IPC, por lo que esta subida será del 3%. El Ministerio de Vivienda puso en marcha una calculadora, donde consultar el incremento máximo que los caseros pueden aplicar a sus inquilinos, en función del precio de los alquileres y la fecha de la firma.
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