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Cerrada otra vez la investigación de las graves lesiones en la cabeza de una mujer en una carga de la Ertzaintza en Anoeta

Agentes antidisturbios de la Ertzaintza, desplegados en los exteriores de Anoeta durante el Real Sociedad-PSG de marzo de 2024

Iker Rioja Andueza

Vitoria —

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La magistrada de Donostia Ana Isabel Pérez Asenjo ha decretado por segunda vez el archivo de la investigación penal de la carga de la Ertzaintza en el marco del último partido de Champions League disputado por la Real Sociedad en el estadio de Anoeta, en la que resultó herida de gravedad en la cabeza una mujer, Amaya Zabarte. En un breve auto plagado de faltas de ortografía, la instructora insiste en que “en ningún caso ha quedado indiciariamente acreditado que ese impacto se produjera por un proyectil” de 'foam', la munición antidisturbios de la Policía autonómica. “Si digo lo que pienso sobre la Justicia, me meten en la cárcel. Jodidos y apaleados, así es como nos sentimos”, ha valorado la familia de la víctima en X.

Los hechos se produjeron el 5 de marzo de 2024, día en que el PSG francés visitó el ahora llamado Reale Arena. Zabarte acudió al partido con su marido y su hijo, menor de edad. La entrada no se le descargaba por falta de cobertura en el móvil y se alejó del recinto para poder tener nuevamente conexión. En ese contexto, se vio en medio de un avance de un grupo de agentes de la Brigada Móvil, la unidad antidisturbios de la Ertzaintza. Coincidiendo con ello, como se aprecia en los vídeos, ella presenta ya daños en su cabeza y se refugia en una estación del Topo, muy próxima a Anoeta. Allí, según su denuncia, uno de los policías de la carga le propinó una patada, aunque la magistrada argumenta que eso tampoco está acreditado.

La juez Pérez Asenjo, titular de la plaza 4 de la sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Donostia, ya cerró el sumario en mayo de 2024 sin siquiera escuchar a la víctima o esperar a todo el material recabado por Asuntos Internos de la Ertzaintza. Fue necesario un recurso ante la Audiencia Provincial para que se le ordenara reabrir la investigación y practicar diligencias. Después de aquello, se citó como investigados a seis agentes -que tienen abogados de la propia Ertzaintza- y como testigos a otros cuatro.

Las conclusiones de la magistrada no orillan que las lesiones de Zabarte son reales. De hecho, las describe largamente, citando dictámenes médicos. Aquella noche la terminó en la UCI. Sin embargo, da por bueno que la Policía tuvo que movilizarse “por posibles disturbios en las inmediaciones” y que, en todo caso, no hay constancia de que usaran el armamento en esa carga. “Todos los agentes mantienen la misma versión sobre la imposibilidad por protocolo de actuación de hacer disparos en movimiento, porque para apuntar correctamente y protegido se debe hacer en parado con un compañero de apoyo y protección. [...] En movimiento se podría impactar a los compañeros que estuvieran por delante, lo que es antirreglamentario y muy peligroso”, sostiene la magistrada, que descarta igualmente un disparo fortuito, “por la fuerza que se requiere para pulsar el gatillo”.

La resolución compra también la tesis de que las armas se emplearon en otros lugares y no allí, de modo que “es imposible determinar que el impacto que causó las graves lesiones a Zabarte fuera un proyectil” de 'foam'. En los vídeos, en cambio, no se aprecia ningún otro objeto en el aire ni nada compatible con esas lesiones tan fuertes, incluida una “fractura” en el cráneo que aún hoy le ha dejado secuelas a la seguidora realista. En todo caso, la instructora argumenta que incluso dando por bueno que se hubiese lanzado algún cartucho de 'foam' -que son de dos tipos, el SIR y el SIR X, más duro- “no hay indicio alguno contra ningún agente concreto”.

Sí se ha determinado que fue el ertzaina 26167 el que, según el relato de la víctima, le golpeó después, cuando ya estaba tendida en el suelo doliéndose del impacto anterior. Pérez Asenjo alega que el testimonio de Zabarte no es nítido por estar “muy desestabilizada” por lo sucedido y, de nuevo, recoge la tesis policial de que el uniformado “tropezó con el bordillo de la acera o con un compañero” y que, al toparse con una persona “agachada”, perdió el “equilibrio”. “No se ve el supuesto impacto o patada” en los vídeos revisados y no consta “lesión alguna” en la zona donde se denunció el golpe.

La resolución, nuevamente, no es firme. Cabe recurso. Puede ser de reforma, ante la propia magistrada, o de apelación, de nuevo en busca de la Audiencia Provincial enmienda a la instructora su resolución. Además de la familia, podría intentarlo también la Fiscalía. “Mañana seguiremos luchando”, ha prometido el marido de la víctima. La comisión de control y transparencia de la Policía, ahora liderada por Enrique Lucas, sí mantiene abierta una investigación para determinar posibles negligencias en el dispositivo.

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