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El etarra Juan Manuel Píriz, en libertad tras 30 años en prisión

eldiarionorte.es

Madrid —

Juan Manuel Píriz López, uno de los etarras a los que se aplicó la 'doctrina Parot' para alargar su condena, ha abandonado a las 17.00 horas la prisión de Botafuegos, en Algeciras (Cádiz), después de que el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional haya acordado esta mañana su liberación. Este etarra fue condenado en 1985 a 27 años de cárcel por asesinar un año antes al exmilitante de ETA Mikel Solaun Angulo.

La Audiencia Nacional ha acordado excarcelar al etarra Juan Manuel Píriz López en aplicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que derogó la 'doctrina Parot', y aplazar a un pleno que se celebrará el próximo 8 de noviembre la decisión sobre la salida de la cárcel de la miembro del 'comando Barcelona' de ETA Josefa Mercedes Ernaga, que fue condenada a más de 900 años de cárcel por el atentado contra el centro comercial Hipercor de Barcelona, informaron fuentes jurídicas.

Tras una reunión que se ha prolongado durante más de cuatro horas, el Pleno de la Sala de lo Penal ha acordado modificar la fecha de licenciamiento que había sido fijada para Píriz López, que cumple condena en la cárcel de Algeciras (Cádiz), al considerar la sentencia de Estrasburgo y la intangibilidad de la resolución que acordó su salida de prisión, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

El Pleno, formado por 15 de sus 17 magistrados ya que los jueces Guillermo Ruiz Polanco y Carmen Paloma González no han acudido a la reunión por enfermedad, también ha acordado que las peticiones de los 51 etarras que han solicitado salir de la cárcel sean tramitadas por el Supremo y el Constitucional en los casos en los que existan recursos pendientes.

Informe de la Fiscalía

En el resto, ha solicitado informe a la Fiscalía para que en el plazo de tres días informe sobre estas peticiones. Estos recursos serán analizados en sucesivos plenos que se celebrarán todos los viernes a partir del próximo 8 de noviembre.

Las defensas de estos 51 reclusos reclaman su salida inmediata de la cárcel argumentando que ya debería haberse producido si no se les hubiera aplicado la 'doctrina Parot', que establecía que las redenciones de penas por trabajo establecidas en el Código Penal de 1973 debían aplicarse al total de años de condena y no al límite de 30 años de cumplimiento máximo.

En este sentido, esgrimen la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que declaró el pasado lunes que España debía indemnizar con 30.000 euros a la miembro del 'comando Madrid' Inés del Río por aplicarle la 'doctrina Parot' con carácter retroactivo.

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