Certificado de idoneidad y registro desde el primer día, novedades del decreto sobre VUT de la CAM
La Comunidad de Madrid aprobaba hoy el decreto regional sobre Vivienda de Uso Turístico (VUT). Un texto que lleva más de un año en tramitación y que incluye importantes novedades, como la obligación de declarar desde el primer día el uso como VUT y no a partir de los tres meses (90 días) como hasta ahora.
De este modo, los pisos, estudios, apartamentos o casas que sean alquilados en su totalidad con fines de alojamiento turístico pasarán a considerarse viviendas de uso turístico y tendrán las mismas obligaciones que el resto de empresarios turísticos.
Este cambio en la normativa regional permitirá al Ayuntamiento de Madrid poder sancionar a quienes alquilen su casa a turistas sin disponer de la correspondiente licencia municipal, tal y como establece el Plan Especial de usos del Hospedaje, aprobado a finales de marzo.
No será el único requisito que establece la Comunidad de Madrid. Además de dar de alta su VUT en el registro los propietarios de una Vivienda de Uso Turístico deberán presentar también una declaración responsable de inicio de actividad y un Certificado de Idoneidad (CIVUT) que garantice que se cumplen con los requisitos que fija la normativa.
Este documento técnico, que deberá ser emitido por un arquitecto o arquitecto técnico competente, sirve como garantía para los usuarios del hospedaje, pero también para los propietarios de la vivienda y el resto del vecindario donde se ubica la VUT.
En él se acredita que la vivienda dispone de calefacción; suministro de agua, ventilación; extintor; señalización de emergencia y plano de evacuación del edificio y de la vivienda, requisitos indispensables para poder ejercer su actividad de hospedaje.
Obligada identificación de los turistas
Para garantizar la seguridad, el texto de la Comunidad de Madrid obliga a los propietarios de la VUT a identificar a las personas alojadas en la vivienda y remitir esa información a la Policía y Guardia Civil, tal y como deben hacer el resto de establecimientos de hospedaje.
Además, la vivienda de uso turístico deberá tener un seguro de responsabilidad civil, hojas de reclamación e información con los teléfonos y dirección de los servicios de emergencia y sanitarios en, al menos, dos idiomas.
La nueva regulación también insiste en la necesidad de que los propietarios de la VUT informen a los huéspedes sobre los derechos, deberes y normas de convivencia.
Número máximo de turistas por metro cuadrado
Con el objetivo de ordenar la actividad turística y evitar aglomeraciones en las Viviendas de Uso Turístico, la Comunidad de Madrid limita el número máximo de huéspedes en función de los metros cuadrados útiles de la vivienda.
Así, en viviendas cuya superficie tenga menos de 25 m² útiles se podrán alojar hasta dos personas; en viviendas de entre 25 y 40 m² útiles podrán hospedarse hasta cuatro personas en, al menos, dos habitaciones; y por cada 10 m² útiles adicionales en, al menos, una habitación independiente más, se permitirán dos personas adicionales.
Con este nuevo decreto el gobierno regional concluye la reforma del texto actual, de 2014, “ciñéndose a las competencias turísticas autonómicas, a la legislación vigente y a los pronunciamientos judiciales en toda España”, explica en nota de prensa.
Una vez publicado el texto, que cuenta con el aval de la Comisión Europea, los propietarios de Vivienda de Uso Turístico tendrán seis meses de plazo para adaptarse a la nueva norma.
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