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Renta básica en Andalucía: ¿derecho o declaración de intenciones?

Vigilia por la implantación de la renta básica

Néstor Cenizo

  • El activista Francisco Vega ha retomado su huelga de hambre para pedir el cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Andalucía

¿Tienen todos los andaluces el derecho a una renta básica? El Estatuto de Autonomía dice que sí, pero diez años después de su aprobación no es posible exigir el derecho, que no se ha desarrollado mediante una ley. El grupo de trabajo creado en el Parlamento andaluz para “regular en Andalucía de una manera progresiva la incorporación de este derecho” se disolvió en abril de 2015 sin alcanzar conclusión alguna y las dos iniciativas legislativas (una popular y otra de varios ayuntamientos) fueron rechazadas el mismo día de julio de 2015 por el Consejo de Gobierno.

Francisco Vega, el activista en huelga de hambre que pide la instauración de una renta básica al menos para mujeres maltratadas y unidades familiares sin ingresos, asegura que el viceconsejero Manuel Martínez Domene le avanzó que se pondría en marcha una nueva comisión de estudio, pero de ésta nada se sabe. El activista insiste en que su lucha no es sólo por lo que considera justo, sino por el cumplimiento de un derecho.

El artículo 23.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía dice: “Todos tienen derecho a una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna y a recibirla, en caso de necesidad, de los poderes públicos con arreglo a lo dispuesto en la ley”. ¿Cuál es el contenido del derecho? ¿En qué medida obliga a los poderes públicos? Los expertos en derecho constitucional insisten: es un mandato sin mecanismos para exigir su cumplimiento.

Los comentarios al Estatuto de Autonomía encargados por el Parlamento Andaluz en 2012 vinculan la renta básica a la incorporación a los estatutos de autonomía de una serie de derechos de contenido social. Blanca Rodríguez, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y autora del comentario al artículo, explica en ese texto que el Estatuto no reconoce un derecho universal a percibir la renta sino a percibirla sólo “como prestación subordinada a criterios de necesidad”.

No es, por tanto, una renta básica universal como la defendida por, entre otros, Daniel Raventós, y sí una renta para casos de necesidad como el de las mujeres maltratadas que puedan necesitarla para su emancipación o para familias sin ingresos, como ahora pide Francisco Vega. Algo parecido al Ingreso Mínimo de Solidaridad, ya existente.

Más complejo es determinar cómo de vinculante es un derecho reconocido en el estatuto de autonomía. Según José Joaquín Fernández Alles, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, “ la Constitución no reconoce a un Estatuto de Autonomía la posibilidad de regular derechos”, lo que en diciembre de 2007 llevó al Tribunal Constitucional a declarar que los Estatutos no establecen derechos subjetivos, “ sino directrices, objetivos o mandatos a los poderes públicos autonómicos”.

El Tribunal Constitucional ha dejado claro que los derechos de los Estatutos sólo vinculan a los poderes autonómicos pero no ha perfilado su eficacia, según explica Blanca Rodríguez en el volumen de comentarios al Estatuto: de esta forma, en principio es necesario un desarrollo legislativo, pero según la profesora, la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional permite pensar que en los Estatutos también pueden reconocerse “verdaderos derechos subjetivos, directamente vinculantes y reclamables ante los tribunales de justicia”. No sería el caso del artículo 23.2, que contiene un claro “mandato” al legislador autonómico para que cree un sistema de renta básica y garantice el acceso de todas las personas.

“Desgraciadamente, ningún instrumento procesal hay frente a la omisión legislativa del Parlamento. Ni se puede suplir su inactividad ni se le puede exigir responsabilidad jurídica a los parlamentarios o al poder ejecutivo. Solo cabe responsabilidad política”, explica Fernández Alles, quien cree que la renta básica debe partir del reconocimiento a un colectivo “en una cuantía que sea asumible”. A partir de ahí, podría ir ampliándose por vía reglamentaria.

Es un planteamiento similar al del activista Francisco Vega, quien pide la renta básica “al menos” para las mujeres víctimas de violencia de género y a las personas sin ingresos. Pero el profesor Fernández Alles deja en el aire la siguiente pregunta, acaso la fundamental: “¿Dónde recortar u obtener ingresos para financiar la ley de renta básica?”.

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