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El detenido por el crimen machista de Sevilla fue denunciado por tres mujeres más y estuvo preso hasta marzo

El detenido por el crimen machista de Los Pajaritos cuenta actualmente con denuncias de otras tres mujeres

elDiarioand / Europa Press

SEVILLA —

El hombre detenido por matar a puñaladas a su ex pareja el martes en Los Pajaritos, Sevilla, no sólo tenía denuncias previas de la víctima mortal, sino de otras tres mujeres, según los datos aportados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Fátima, la mujer de 36 años asesinada en el rellano de su bloque de viviendas, había denunciado a su ex pareja por malos tratos hace dos años, pero se echó atrás con el procedimiento judicial ya iniciado.

El ahora detenido por el asesinato de Fátima fue enjuiciado por otros hechos distintos a los anteriores y permaneció en prisión hasta el pasado 19 de marzo de 2018 después de que el Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla, por medio de una sentencia dictada el día 14 de marzo de 2014, lo condenara a 14 meses de cárcel por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar en relación a otra mujer distinta a la reciente víctima.

La condena fue recurrida ante la Audiencia Provincial, que rebajó la misma a 11 meses de cárcel. En marzo de 2017, se requirió al acusado para que ingresara en prisión, comprobándose que ya se encontraba en la cárcel por otros hechos distintos. Finalmente, abandonó la prisión y obtuvo la libertad definitiva tras cumplir la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal 2 el día 19 de marzo de 2018.

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla tramitan actualmente las denuncias presentadas por otras tres mujeres contra el ahora detenido.

La denuncia de 2016

Fátima “había denunciado a E.R.B, de 51 años, por presuntos malos tratos, incoándose el día 3 de diciembre de 2016 un procedimiento que se tramitó como juicio rápido por parte del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Sevilla”, explica el alto tribunal en un comunicado.

La Fiscalía pidió entonces “para el acusado un año de cárcel, dos años de prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años y una multa de 600 euros”, por un delito de coacciones en el ámbito familiar y otro de malos tratos. El hombre vivía en el mismo bloque que la víctima -un piso por debajo.

Una vez iniciada la instrucción del caso, Fátima se acogió a su derecho a no declarar y no llegó a ratificar la denuncia contra su ex pareja. Aun así, el procedimiento judicial continuó porque existía un testigo presencial de los hechos y el tribunal responsable remitió el caso a los juzgados de lo Penal. El juzgado número 12 celebró el juicio por estos hechos el día 30 de junio de 2017, “dictándose un día después sentencia absolutoria contra el acusado”.

¿Qué pasó en 2016?

En su escrito de acusación, el Ministerio Público relataba que el detenido mantenía una relación sentimental sin convivencia con la asesinada desde junio de 2016. Según su relato, sobre las 18.30 horas del 2 de diciembre de 2016, y tras apearse la mujer junto con su hija de 11 años del coche que conducía el acusado, éste, “movido por el ánimo de impedir a su pareja el legítimo ejercicio de su voluntad, frenó bruscamente el coche”, se bajó del mismo y, “sin que conste ánimo de lucro en su acción, le arrebató el bolso tras zarandearla y se introdujo en su vehículo, marchándose del lugar” y dejando a la víctima “sin sus efectos personales y sin llaves del domicilio”.

Según la Fiscalía, la hija menor de la fallecida “trató de apartar al acusado de su madre y recuperar el bolso, ante lo cual el acusado, con ánimo de menoscabar la integridad física de la menor, le propinó varios empujones, sin que llegara a causarle menoscabo físico”.

En la sentencia, la juez considera que “no se practicó prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia en cuanto a los hechos en los que basa el Ministerio Fiscal su acusación”, ya que el acusado se acogió a su derecho a no declarar y la testigo tampoco declaró acogiéndose a la dispensa que contempla el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El agente que declaró “no vio lo ocurrido”. La jueza entendió que, “con tan débil medio probatorio, se hace imposible determinar la certeza de los hechos por los que se acusa”, todo lo cual “conduce a la absolución”.

Menores tutelados

La consejera de Justicia e Interior, en rueda de prensa para presentar el IX Congreso para el Estudio de la Violencia contra las Mujeres y en el minuto de silencio convocado por la muerte de Fátima a las puertas del Ayuntamiento de Sevilla, ha mostrado su condena y repulsa por este “atentado machista”, que deja “dos víctimas, sus hijos”, quienes “no van a estar solos, como no lo han estado desde el primer momento”.

“La Junta va a estar a su lado, amparándolos en lo que es su trayectoria vital para que se desarrolle con normalidad”. En este sentido, ha informado de que los menores se encuentran con una familia de acogida “amiga”. Sobre el ahora detenido, Aguilar ha confirmado que ya tenía denuncias anteriores por malos tratos de mujeres con las que mantuvo relaciones afectivas. “Es evidente que es un maltratador habitual y un asesino”, ha sentenciado la consejera.

La consejera de Justicia ha insistido en que hay que “ir a más” en todos los ámbitos, haciendo hincapié en la formación el sector judicial y ha valorado que la reciente Ley andaluza contra la Violencia de Género incorpora un elemento “importante”. Cuando las mujeres inicien un procedimiento y desistan, como hizo Fátima, el Servicio de Atención a las Víctimas en Andalucía (SAVA) pondrá en marcha un “acompañamiento judicial, social y psicológico” de estas víctimas.

A veces las mujeres desisten “por miedo y presiones, porque creen que la situación volverá a la normalidad o porque los maltratadores juegan su papel para que desistan”. Con respecto al acompañamiento del SAVA, ha indicado que si una mujer desiste es importante que se pueda seguir para poder detectar “elementos que permitan actuar o ponerlos en conocimiento de la Justicia y Fiscalía”.

Aguilar ha destacado el “paso importante” que se está dando en todas las provincias, comenzando por Granada, con la constitución de comisiones contra la violencia de género en las Audiencias Provinciales. Por último, también ha resaltado la importancia de las modificaciones legislativas, como el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dispensa a familiares del procesado, en este caso las exparejas, de declarar en los juicios, lo que conlleva que muchas denunciantes se acojan a este artículo para no declarar contra el presunto maltratador.

“Hay que trabajar en modificaciones legislativas para que la mujer no tenga que volver a declarar y que el proceso siga adelante hasta el final”, ha añadido, subrayando que estos cambios en las leyes “son claves y urgentes”.

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