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El tuit que mandaba “a la fosa” a la edil de IU no se investigará como delito de odio

Maite Molina

Javier Ramajo

El juez de Granada que investiga el caso originado en un tuit dirigido a una concejala del Ayuntamiento de Granada desde el perfil de un ultraderechista residente en Asturias (“Maite Molina IU, puedes irte a morirte también, o si no te irás a la fosa dentro de un tiempo, estarás pudriéndote entre cal viva”) ha archivado la investigación en lo que respecta al delito de incitación a la discriminación, odio y la violencia, tal y como pidió en última instancia la Fiscalía.

Según ha informado la propia edil a eldiario.es/andalucia, justo después del pronunciamiento del Ministerio Público el juez le notificó una resolución judicial continuando la causa por un posible delito de amenazas e injurias graves pero archivando la posibilidad de la existencia del mencionado delito de odio y violencia. A juicio de la denunciante, es “insuficiente” porque, según explica, las amenazas vienen provocadas por la declaración del imputado ante la Policía y es en el informe de la Brigada de Investigación Tecnológica “donde la Policía Judicial habla de delito de odio por su simpatía y colaboración con grupos neonazis, además de tener antecedentes de agresión al bloque de izquierdas asturiano y a un joven punky”.

De hecho, así lo entendió la Fiscalía, si bien ahora ha cambiado de criterio y ha excluido del caso el artículo 510 del Código Penal, que castiga con prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses a aquellos que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

En septiembre de 2013, en base al informe citado por la concejala y a la investigación de los hechos, la Fiscalía vio indicios de la presunta comisión, a través de Internet, del mencionado delito de incitación al odio y la violencia, pero ahora cree que el extremista asturiano podría haber incurrido en un delito de injurias graves emitidas con publicidad, que se castiga con penas de multa. El juez se apunta a este nuevo criterio del fiscal y el asunto sigue su curso hacia el juicio por unas posibles amenazas o injurias graves.

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