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El Juzgado de lo Social tumba el cambio de turnos impuesto por Ambuibérica en la pandemia por “ausencia de buena fe” de la empresa

Ambulancias

Rubén Alonso

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La Justicia ha vuelto a asestar un revés judicial a Ambuibérica. El juzgado de lo Social Nº 1 de Santander ha declarado nula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo impuesta por la concesionaria del transporte sanitario de Cantabria que eliminaba los turnos de 24 horas y establecía turnos de ocho horas a un colectivo de 250 trabajadores durante la pandemia.

Esta medida, que fue realizada, según la sentencia “en ausencia de buena fe”, fue la respuesta de la empresa a una demanda ganada por USO que declaraba como horas extras 50.000 horas realizadas por exceso de jornada.

La demanda fue interpuesta por el presidente del comité de empresa, perteneciente a USO y los servicios jurídicos del sindicato, encabezado por el letrado Eduardo Porcelli. El objetivo, según detalla este sindicato, era declarar la nulidad de pleno derecho la modificación impuesta por la empresa que eliminaba los turnos de 24 horas habituales en el servicio de urgencia e imponía turnos de ocho horas, con el consiguiente perjuicio tanto en días libres, descansos e incluso a la hora de las prestación del servicio. Posteriormente se sumaron demandas de UGT y CCOO.

Tras diversas reuniones que finalizaron sin acuerdo en el periodo de consultas, la empresa impuso la medida sin atender a ninguna de las propuestas realizadas por USO. La empresa justificaba su decisión en los excesos de jornada que se producían realizando jornadas de 24 horas, además del ahorro económico por eliminar el plus de Emergencia.

El Juzgado, en su sentencia, da por probado que tras la primera reunión de negociación la empresa se limitó a mantener su propuesta de cambio, realizando la parte social varias propuestas que supondrían las 75 guardias para cumplir las 1.800 horas de convenio y que las que se sobrepasasen se abonaran como horas extras.

La sentencia estima que “analizando el contenido de las reuniones, se concluye que solo existe la propuesta inicial, la contra-propuesta de la representación legal de los trabajadores. Cualquier otra alternativa se vincula a una condición imposible de cumplir por la representación legal de los trabajadores, la cual no puede renunciar los derechos individuales de sus trabajadores ni obligarles a ello”.

El titular del Social Nº1, magistrado Carlos de Francisco López, concluye que “existe una total falta de materialización de propuestas, pese al reconocimiento de que pueden existir alternativas de mantenimiento de la jornada de 24 horas, y la inclusión de la condición de renuncia de los derechos individuales de los trabajadores viene a viciar todo el proceso negociador, ante la falta de cualquier otra propuesta, por lo que deben estimarse las demandas”.

El fallo de la sentencia, que es recurrible, declara nula de pleno derecho la modificación impuesta y condena a la empresa a reponer a los trabajadores a las anteriores condiciones de trabajo.

Los sindicatos USO y CCOO han celebrado esta nueva “victoria judicial” contra la concesionaria del transporte público sanitario de la comunidad, que cuenta con un expediente sancionador del Servicio Cántabro de Salud (SCS), por sus incumplimientos del contrato.

USO ha valorado como excelente esta sentencia en el sentido de que “representa conseguir la aspiración de la mayor parte de la plantilla, unos 250 trabajadores, y una mejora sustancial en las condiciones de trabajo, tanto económica como en la calidad del servicio que se presta a la ciudadanía”.

Por su parte, CCOO ha subrayado que es “una buena noticia” que la Justicia les haya dado la razón porque se “reponen los derechos de los trabajadores”. “Los turnos de 24 horas y evitar el máximo de rotaciones posibles es la mejor manera de minimizar la exposición al virus y evitar los contagios”, han recalcado desde este sindicato, que esperan que “la empresa cumpla la sentencia de la manera más inmediata posible”.

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