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Conceden la incapacidad absoluta con el 100% de sueldo a una panadera de Toledo afectada por migraña severa

Hospital de Toledo

Javier Muñoz de la Torre Granados

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha ha confirmado la sentencia que declaró la incapacidad absoluta derivada de enfermedad común a una dependienta de panadería. El fallo declara su derecho a percibir una pensión vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora de 1.138,28 euros al mes.

La trabajadora, de 39 años, había solicitado la incapacidad que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó “al no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”. La mujer obtuvo posteriormente el fallo favorable del Juzgado de lo Social de Toledo, pero esta sentencia fue recurrida ante el TSJ castellanomanchego, que ha vuelto a fallar a favor de la trabajadora, según ha dado a conocer CCOO.

Entre los síntomas que padece está la migraña crónica refractaria con fotofobia y condritis costal derecha postraumática sin que hayan tenido efecto los diferentes tratamientos suministrados.

Cefaleas durante más de la mitad del mes

En su recurso, la trabajadora reflejó las múltiples crisis por migraña crónica refractaria, la asistencia en numerosas ocasiones a los servicios de Urgencias, tratamiento farmacológico, sucesivos periodos de baja laboral y seguimiento de su situación por el Servicio de Neurología del Sescam.

La demandante acreditó el seguimiento médico realizado por el Servicio de Neurología del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y las sucesivas visitas a las urgencias del Centro de Salud de Consuegra y Madridejos, y a las del Hospital Universitario de Toledo, donde se le diagnosticó de bradicardia sinusal tras un episodio de migraña.

En su informe médico se indica que más de la mitad de los días del mes sufre episodios de cefalea severa y moderada sin respuesta a los tratamientos.

De hecho, los informes recogen que hay meses en los que sufrió 27 días de estos dolores. Todo ello le provoca “un importante deterioro en su calidad de vida y una discapacidad severa en los diversos ámbitos de su vida personal”, según reconoce el fallo judicial.

“Difícilmente imaginable” que pueda trabajar

Tanto el Instituto como la Tesorería General de la Seguridad Social recurrieron la sentencia favorable a la trabajadora dictada por el Juzgado de lo Social alegando “que la situación patológica de la actora no justifica la incapacidad permanente”.

Sin embargo, el TSJ explica, en su escrito, que “la evolución de la patología de la actora hace que su panorama laboral esté agotado en toda su extensión” y que “para valorar el grado de invalidez más que atender a las lesiones hay que atender a las limitaciones que las mismas representan (…) resultando evidente que se encuentra impedida para la realización de sus tareas habituales como dependienta y de cualquier actividad profesional con un mínimo de concentración, dedicación y eficacia”.

El alto tribunal castellanomanchego recuerda que la sentencia considera acreditado que la recurrente padece una migraña crónica refractaria sin respuesta a los tratamientos preventivos, con episodios de cefalea crónica diaria y con impacto muy severo. “En tales circunstancias de salud -dicen los magistrados- resulta evidenciado como indica la juzgadora, que se encuentra impedida para la realización, no solo de sus tareas habituales como dependienta de panadería, sino que es difícilmente imaginable que la demandante, a consecuencia del dolor que padece, pueda realizar actividad profesional alguna, aun cuando no sea de carácter físico, con los mínimos de concentración, dedicación y eficacia que son propias de cualquier quehacer profesional, lo que hace que el motivo deba estimarse”.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación, aunque desde CCOO aseguran que eso “no se producirá”.

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