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Un juez de Palencia anula una oposición de bomberos al entender que el Ayuntamiento discriminó a los varones

Camión de bomberos en una imagen de archivo.

Ángel Villascusa

13 de diciembre de 2021 18:08 h

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia ha anulado unas oposiciones a bombero-conductor convocadas por el Ayuntamiento de la capital palentina al considerar que en las bases se benefició a las mujeres candidatas sobre los varones. Según la sentencia, adelantada por El Diario Palentino y a la que ha tenido acceso elDiario.es, el magistrado señala que en las pruebas físicas se les exigía a las mujeres “unas marcas o tiempos sensiblemente inferiores a los requeridos a los candidatos masculinos para su superación” sin motivaciones técnicas.

“Esta falta absoluta de motivación implica la invalidez de la convocatoria”, expone la sentencia que firma el magistrado palentino. De acuerdo con el juez, en establecimiento de pruebas físicas que permitan demostrar a los aspirantes su idoneidad para llevar a cabo las tareas a las que pueden enfrentarse en el desempeño de su profesión “no puede justificarse dicha disparidad en una mala entendida promoción femenina que facilite el acceso de las mujeres al empleo público”.

El magistrado considera que el Ayuntamiento debería haber adoptado “estrictos criterios técnicos” que garantizasen la efectividad en el desempeño de las funciones en esas pruebas, y sin embargo no lo hizo. Así, en las bases no consta, respecto a uno de los ejercicios de aptitud física y físico práctica, que el consistorio “haya dedicado ni media línea a justificar el por qué a las mujeres aspirantes [...] se les exige unas marcas o tiempos sensiblemente inferiores a los requeridos a los candidatos masculinos para su superación”.

La demanda contra la convocatoria fue presentada primero por siete de los 106 aspirantes, aunque seis de ellos acabaron echándose para atrás. Según el medio local, en la demanda fundamentaban que las pruebas físicas “generaban una ventaja competitiva en favor de las mujeres, que implicaba que se vulnerara el derecho de igualdad en el acceso a la función pública”. Según las bases, los hombres debían hacer como mínimo 15 flexiones de barra, frente a las 7 que tenían que hacer las mujeres. Las pruebas de velocidad también tenían diferentes tiempos: los varones tenían que recorrer 100 metros en 14 segundos, frente a los 17 de las mujeres. El salto vertical era de 95 cm para hombres y 85 para mujeres. Las diferencias de pruebas de fuerza y resistencia también variaban. Sin embargo, tal y como señala la concejala Carolina Gómez, se baremó de manera diferente “como sucede en las oposiciones de policía local, nacional y otros cuerpos de seguridad”.

El juez considera que, “del mismo modo que se impone como requisito el de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, sin que ello implique discriminación alguna [...] las operaciones de salvamento de personas en situación de riesgo en casos de extinción de incendios merecen ser atendidas por aquellos bomberos cuya selección se haya producido por ser los mejores cualificados, sean mujeres u hombres”.

Según la sentencia, el servicio de extinción de incendios tiene, por las propias características de este “una altísima exigencia física”, lo que implica el establecimiento, en primer lugar, de pruebas físicas que permitan demostrar a los aspirantes su idoneidad“. En segundo lugar, la exigencia legal de promover y facilitar el acceso mediante acciones positivas, ”encuentre como límite que estas medidas facilitadoras no supongan el acceso al puesto de trabajo de personas que no tengan la capacidad precisa para desarrollarlo, supuesto que infringiría los principios de mérito y capacidad, en un servicio especialmente sensible, del que dependen la salud y integridad física de los ciudadanos“.

La concejala Carolina Gómez, explica que las bases de la convocatoria ahora anulada “se han confeccionado desde el mismo parque de bomberos, han sido aprobadas por la Junta de personal, por los sindicatos y por la Junta de Gobierno local sin que nadie haya presentado alegaciones en este sentido”. De hecho, una convocatoria similar del consistorio palentino en noviembre del año pasado, que no fue recurrida, permitió la incorporación de las dos primeras bomberas en paraques municipales de Castilla y León.

Sobre un posible recurso, la edil palentina, explica que corresponde a los servicios jurídicos del Ayuntamiento interpretar la sentencia “con la máxima rigurosidad para evitar otras demandas que paralicen de nuevo una convocatoria tan necesaria para el municipio, debido a la precariedad de personal heredada por corporaciones anteriores en el Parque de Bomberos Profesionales de Palencia”. Por lo pronto, elaborarán unas nuevas bases en las que se motivará “punto por punto” esa discriminación positiva para evitar nuevas demandas y que se cumpla el Plan de Igualdad municipal aprobado, ya que, de otra manera, podría ser objeto de otras demandas que dilatarían en el tiempo la cobertura de las plazas ofertada. La edil anuncia que en las próximas fechas se ofertarán otras 6 plazas más además de las 8 de esta convocatoria.

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