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La Agencia Antifraude modifica su reglamento y elimina la colaboración con Fiscalía adaptando la ley de PP y Vox

El responsable de la Agencia Antifraude, Eduardo Beut, entrega la memoria de 2025 a la presidenta de las Corts, Llanos Massó.

Laura Martínez

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Los cambios aprobados por PP y Vox para la Agencia Valenciana Antifraude comienzan a materializarse. El nuevo reglamento propuesto por el director de la Agencia Valenciana Antifraude, nombrado con la mayoría conservadora y ultra de la Cámara, cambia la estructura de colaboración con los órganos judiciales y elimina definitivamente el Consejo de Participación del organismo.

La propuesta de norma interna, publicada este jueves en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, introduce una batería de cambios en el funcionamiento del ente de prevención de la corrupción, trasladando los últimos cambios legislativos. En junio de 2025, el marco de la negociación presupuestaria, PP y Vox pactaron una enmienda a la ley de acompañamiento que modifica la ley de la Agencia Antifraude y afecta a la colaboración con el Ministerio Fiscal en investigaciones en marcha, un aspecto que resultó clave en investigaciones como el caso Azud o el caso Erial, donde Antifraude elaboró informes periciales incorporados al sumario. “Esta última modificación legislativa y la evolución en el funcionamiento de la institución aconsejan una reformulación integral de su norma organizativa”, apunta el documento, que inicia el periodo de exposición pública.

Mientras que en el reglamento anterior se remarca que la Agencia será un órgano de colaboración con Fiscalía, si hay indicios de delito, y se establecen los mecanismos, la nueva propuesta se limita a señalar que son funciones del director, figura que ahora encarna Eduardo Beut, “remitir, cuando proceda, las actuaciones al Ministerio Fiscal o a la autoridad judicial, o al Tribunal de Cuentas”. Recalca el reglamento propuesto que Antifraude no admitirá denuncias de hechos que estén siendo investigados por Fiscalía o la Policía Judicial. PP y Vox cambiaron la ley para introducir que “la Agencia no tiene competencias en las funciones y materias que corresponden a la autoridad judicial, el ministerio fiscal y la policía judicial ni puede investigar los mismos hechos que han sido objeto de sus investigaciones”, como figuraba en la enmienda.

En cambio, en el reglamento aún en vigor, que quedará derogado, establece, en su artículo 10, las formas de colaboración con otros organismos. Y concreta: “En el contexto de la realización de diligencias de investigación penal, instrucción de causas y celebración de juicios, relacionados con las funciones de la Agencia y su ámbito de actuación, esta podrá colaborar con el Ministerio Fiscal, los Juzgados y los Tribunales, cuando así se requiera, mediante la asistencia técnica y emisión de informes periciales por personal funcionario a su servicio, especializado en materia jurídico-administrativa, económica, contable, y de control administrativo, y con conocimiento profundo de las administraciones y su sector público y los procedimientos administrativos”. Esta redacción desaparece en la nueva propuesta.

La oposición y organismos como Transparencia Internacional, World Compliance Association Fundación, Hay Derecho, el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda-GESTHA, el Observatori Ciutadà contra la Corrupció, Acción Cívica y Plataforma Ciutadana Castelló per la Justícia i Contra la Corrupció criticaron que estos cambios “terminan por desmantelar a la AVAF como oficina independiente para la lucha contra la corrupción”. La Agencia no ha querido hacer comentarios al respecto.

El nuevo reglamento elimina también las referencias al Consejo de Participación, como consecuencia de los cambios legales pactados por PP y Vox en las Corts. Se trata de un órgano asesor y de consulta de la Agencia, cauce para la participación de la sociedad civil y de personas expertas, y que a su vez ejercía de control del trabajo del organismo. También establece que, en el caso de las resoluciones, “podrá ser limitado el contenido o comunicarse las resoluciones cuando contengan información que puedan afectar datos sensibles que requieran de especial protección o que pudiera identificar a la persona informante”.

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