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Antifraude censura a Mazón el uso de sus redes sociales en la dana: “No debe ser para lucimiento individual en catástrofes”

Mazón con la consellera de Vivienda, Susana Camarero (izquierda) y la afectada de la dana adjudicataria de la vivienda.

Carlos Navarro Castelló

València —

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La Agencia Antifraude ha resuelto la denuncia cursada el pasado 6 de mayo de 2024 por la portavoz adjunta de Compromís en les Corts Valencianes, Isaura Navarro, en relación con el uso indebido de recursos públicos por parte del entonces presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, “en sus redes sociales personales”, entre otros casos, en el vídeo que publicó en sus cuentas personales en el que entregaba las llaves de una vivienda pública “con terracita” a un afectado de la dana. Antifraude considera, entre cosas, que “en contextos de catástrofes o tragedias, la comunicación debe ser institucional y empática, nunca personalista ni apropiada para el lucimiento individual”.

Navarro denunció infracciones constantes de la Ley de Publicidad Institucional del año 2018 al utilizar su cargo como presidente para el lucimiento en su perfil personal en lugar del oficial de Presidencia de la Generalitat, poniendo como ejemplo “el discurso de Fin de Año de Mazón como presidente de la Generalitat”, que únicamente se pudo ver en sus cuentas personales de Instagram y TikTok.

Navarro considera en su denuncia que Mazón hace “uso de sus redes sociales como una plataforma de propaganda personal sufragada con recursos públicos, usando espacios institucionales, recursos técnicos y señalética de la Generalitat”, un comportamiento que “no solo es éticamente cuestionable, sino que infringe la legislación en materia de publicidad institucional”.

Uno de los casos más flagrantes recogidos en la denuncia es el del vídeo que publicó Mazón en sus redes personales de su visita a un bloque de viviendas públicas que se ponían a disposición de los afectados por la Dana, una actuación, la de entrega de llaves, prohibida explícitamente por la legislación vigente, según Navarro.

La resolución de la Agencia Antifraude, a la que ha tenido acceso elDiario.es, aunque reconoce que “en los casos de utilización simultánea de perfiles privados en redes sociales y perfiles de cuentas públicas, puede provocarse la confusión en los receptores de las comunicaciones, entre la persona física que desempeña el cargo y el propio cargo, lo que está vedado en la Ley 12/2018, de 24 de mayo, de publicidad institucional”, se procede al archivo de la causa, ya que “no se aprecian indicios de fraude o corrupción, y se considera un caso con escasa repercusión sobre los recursos públicos, por lo que no puede justificarse la apertura de la Fase de Investigación”.

Sin embargo, realiza una serie de recomendaciones, entre ellas, que “en contextos de catástrofes o tragedias, la comunicación debe ser institucional y empática, nunca personalista ni apropiada para el lucimiento individual”. Además, insta a “emplear fórmulas descriptivas y neutras (hoy se ha firmado un convenio, se han aprobado ayudas), en lugar de mensajes en clave de logro político”: También propone “evitar logotipos, banderas, atriles o espacios institucionales en publicaciones personales”, así como dar prioridad a los canales oficiales: “La comunicación institucional debe difundirse siempre en cuentas y medios oficiales de la Generalitat (web, redes institucionales, Gabinete de prensa)”. En cuanto a las cuentas personales, afirma que “es posible compartir únicamente el enlace o la publicación oficial, sin recrear el mensaje ni añadir tono personalista o de campaña de logros”.

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