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La Audiencia de Valencia tumba un recurso de HazteOir y descarta que declare Sánchez en la causa de la dana

Archivo - El expresident Carlos Mazón y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —
6 de marzo de 2026 10:19 h

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado un recurso de la asociación ultraconservadora HazteOir y ha descartado que declare en el seno de la causa de la dana el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

El tribunal, por unanimidad y coincidiendo con la postura del Ministerio Fiscal, concluye que las razones alegadas por la entidad, que ejerce una de las acusaciones populares en el procedimiento de la dana que instruye la jueza Nuria Ruiz Tobarra, “no parecen suficientes para acordar una diligencia con claros tintes prospectivos”.

La resolución tampoco ve “la utilidad” que podría tener la testifical de Sánchez para el esclarecimiento de los hechos del 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos.

“Meras conjeturas”

“Ni se justifica el rendimiento probatorio que se pretende obtener más allá de meras conjeturas acerca de las conversaciones que pudo mantener el presidente del gobierno con el entonces president de la Generalitat [Carlos Mazón] horas después de haberse producido los hechos”, afirma el auto de la Audiencia de Valencia.

HazteOir recurrió en apelación un auto de la instructora del pasado 15 de diciembre, en el que la magistrada tildaba de “mera elucubración” la intención de la acusación popular de que declarara Pedro Sánchez.

La Audiencia de Valencia reitera, como ya hizo en resoluciones anteriores, que “el derecho a la prueba no es absoluto ni incondicional” y condiciona los “esfuerzos instructores” a los “criterios de racionalidad, de eficacia y de garantía”.

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