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Un juez prohíbe los contenidos “denigrantes” y “vejatorios” a un digital de extrema derecha especializado en bulos

Dos peatones pasean ante la Ciudad de la Justicia de València.

Lucas Marco

València —
2 de septiembre de 2026 18:00 h

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Un juez ha prohibido a Mediterráneo Digital, una página web de extrema derecha especializada en bulos, la publicación de contenidos “que sean denigrantes, vejatorios, discriminatorios, con referencia directa o indirecta, a migrantes, mujeres, feminismo, pueblo judío/personas que profesan la religión judía, nazismo y exaltación de Hitler, a las personas de etnia gitana, al colectivo LGTBQIA+ en toda su extensión (lesbianas, gais, personas trans, bisexuales, queer, intersexuales, no binarias, asexuales)”.

La prohibición se hace “extensible” a las redes sociales del polémico digital y al propietario, Edgar Sánchez Agulló.

El auto del titular de la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de València, al que ha tenido acceso este diario, recuerda al digital que debe cumplir el principio constitucional de igualdad “con el debido respeto en sus comunicaciones a todos los colectivos referidos, sin perjuicio de la libertad de expresión y de opinión”.

El juez ha acordado la medida cautelar, en una resolución dictada el pasado 24 de agosto y contra la que cabe recurso de reforma, tras una querella por un presunto delito de odio interpuesta por la entidad És País Valencià, representada por el despacho Olympe Abogados.

La asociación considera la decisión “una gran victoria y avance pionero en la defensa de los Derechos Humanos y en la lucha contra los discursos de odio e intolerancia”, según indica en un comunicado.

Titulares con loas a Hitler

El digital, según reseña la querella, ha publicado titulares tales como: “Hitler ha substituido a Jesucristo como la figura más importante de la civilización” o “Detenido un gitano en patinete por morder en la oreja a un hombre normal”, entre otros desmanes.

El propietario de Mediterráneo Digital, según reseña el auto, alegó que la querella se enmarcaba en una campaña de “cancelación” de determinados “medios de comunicación” importada desde Estados Unidos “para forzar la desaparición de estos diarios”. Por otro lado, también argüía que la querella pretendía una “limitación coactiva de la línea editorial de un Medio de Comunicación [sic]”.

Sin embargo, el juez, tras repasar la jurisprudencia del Tribunal Supremo, concluye que los contenidos del digital de ultraderecha “pueden ser constitutivas” de un delito de odio, “pendiente de más investigaciones y valoraciones”.

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