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El Observatorio contra la LGTBfobia denuncia ante Fiscalía una charla organizada por HazteOír en Valencia

Agustín Laje y Nicolás Márquez en la charla celebrada en Zaragoza

elDiariocv

Valencia —

HazteOír ataca de nuevo, aunque su autobús transfobo sigue en el garaje. El Observatorio Valenciano contra la LGTBfobia ha solicitado a la Conselleria de Igualdad que impida la charla organizada por el colectivo ultracatólico HazteOír para el próximo 13 de noviembre en el Casino de Agricultura de Valencia que bajo el título 'Marxismo, feminismo y LGTBI' protagonizarán los politólogos argentinos Agustín Laje y Nicolás Márquez. También se han dirigido a la Fiscalía contra los delitos de odio de Valencia para solicitarles que investiguen si, “con motivo de este acto discriminatorio, se pudieran derivar responsabilidades penales, tanto de la organización como de la institución que lo acoge”.

En este sentido, explican que la Ley Trans “prohíbe toda forma de discriminación por razón de identidad de género o expresión”, además de establecer la proteccion “frente a cualquier violación del derecho a la igualdad de las personas por motivo de identidad o expresión de género con la adopción de cuantas medidas sean necesarias para el cese de la conducta discriminatoria”.

En el escrito del Observatorio a la Conselleria recuerdan que HazteOír, en su publicidad asegura: “Lo dice la biología: los niños tienen pene, las niñas tienen vulva, no al adoctrinamiento de género”. Tiene como finalidad “negar el derecho de la autodeterminación del género a las personas trans, derecho que está reconocido en la legislación valenciana vigente y con el objeto de promover la discriminación de las personas trans en base a su identidad de género”.

De este modo, y sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran derivarse, y en el ámbito administrativo, reclaman al Gobierno valenciano que impida este acto e inicie un expediente sancionador contra el Casino de Agricultura por acoger este acto y a HazteOír por promoverla por tres faltas graves en base al artículo 49.3a de la citada ley por “utilizar reiteradamente expresiones vejatorias contra las personas trans... en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas, o en redes sociales” y por el artículo 49.3d por la realización de actos “que constituyen o causen discriminación por razón de identidad o expresión de género”, así como el apartado g por realizar actos que impliquen “aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de personas por causa de identidad o expresión de género”.

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